El trabajador volvía a su casa tras terminar su jornada laboral cuando recibió el impacto de una bomba lacrimógena disparada por Carabineros en las cercanías de Plaza Italia. El Decimoquinto Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a pagar $70.000.000 en indemnizaciones para él y sus dos hijas menores.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, los hechos ocurrieron el 15 de noviembre de 2019. De acuerdo con la sentencia, el hombre caminaba por el sector luego de que el cierre del Metro de Santiago modificara su trayecto habitual.
Al llegar a las inmediaciones del puente Pío Nono observó una manifestación que, según la prueba reunida en el juicio, se desarrollaba de manera pacífica.
Fue en ese momento cuando un funcionario de Carabineros disparó una bomba lacrimógena que lo impactó directamente en el rostro.
El proyectil le provocó la pérdida total de la visión del ojo derecho, además de fracturas en la órbita ocular, la nariz y el pómulo. Tras recibir primeros auxilios fue trasladado a distintos centros asistenciales, donde fue sometido a varias cirugías, pero las lesiones resultaron irreversibles.
Con el paso del tiempo también desarrolló secuelas psicológicas, entre ellas trastorno de estrés postraumático, depresión e incluso un intento suicida, antecedentes que fueron considerados durante el juicio.
"Carabineros de Chile hizo un uso desproporcionado de la fuerza"
La jueza Carolina Montecinos Fabio concluyó que el disparo fue efectuado por funcionarios de Carabineros durante una maniobra de dispersión y que el Fisco no logró demostrar que el trabajador hubiera tenido una actitud agresiva o que existiera una situación que justificara el uso de armas no letales.
“Carabineros de Chile hizo un uso desproporcionado de la fuerza al emplear armas no letales en contra del actor”, sostiene la resolución. Agrega que el uso de ese armamento fue “una medida innecesaria y desmedida”, ya que la manifestación era pacífica y no se acreditó que el afectado representara una amenaza.
El tribunal también rechazó la petición del Fisco de descontar de la indemnización la pensión de gracia que recibe la víctima, al concluir que se trata de un beneficio de carácter asistencial y no de una reparación por el daño sufrido.
Finalmente, fijó una indemnización de $50.000.000 para el trabajador y de $10.000.000 para cada una de sus hijas menores, considerando la gravedad de las lesiones y el impacto permanente que tuvieron en su vida y en su entorno familiar.