Un padre de 61 años pidió reducir de $875 mil a $300 mil la pensión de alimentos a su hija tras quedar sin trabajo, argumentando además cambios económicos en la madre y la suspensión temporal de los estudios universitarios. El Tercer Juzgado de Familia de Santiago acogió parcialmente la demanda y fijó el pago en $750 mil mensuales.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la pensión había sido acordada en 2024 ante el mismo Tercer Juzgado de Familia de Santiago en 13,30394 UTM, entonces equivalentes a $875.000, además del 50% de los gastos extraordinarios de salud. La madre quedó encargada directamente de los costos educacionales y de mantener a la joven como carga de salud.
El padre sostuvo que perdió su empleo como director de Administración y Finanzas en julio de 2025 y que, por sus 61 años, enfrentaba dificultades para reinsertarse laboralmente.
También argumentó que la madre había recibido una herencia y que su hija congeló temporalmente sus estudios universitarios.
¿Qué decidió el Juzgado de Familia?
La jueza Paz Andrea Pérez Ahumada estableció que efectivamente terminó su trabajo dependiente, aunque precisó que fue por mutuo acuerdo con su empleador y no por necesidades de la empresa, como se había planteado inicialmente. El fallo también consideró el aumento patrimonial de la madre producto de una herencia.
Sin embargo, el tribunal descartó que la suspensión de los estudios justificara otra reducción. La joven cursó un preuniversitario durante el segundo semestre de 2025 y actualmente estudia Medicina en la Universidad Mayor. Además, el acuerdo original establecía que la madre pagaría directamente su educación.
El juzgado también consideró que la cesantía no impidió al padre continuar pagando alimentos.
La prueba mostró que recibió alrededor de $26 millones entre finiquito y seguro de cesantía, comenzó un emprendimiento relacionado con su experiencia profesional y anteriormente había recibido cerca de $400 millones por la venta de un inmueble, registrándose una inversión posterior de $380 millones cuya liquidación, señaló el fallo, “no probó”.
Por ello, el Tercer Juzgado de Familia de Santiago rechazó reducir la pensión hasta los $300.000 solicitados y la estableció en 10,45719 UTM, equivalentes actualmente a $750.000 mensuales. Además, mantuvo la obligación del padre de pagar el 50% de los gastos extraordinarios, previo descuento de Isapre.