El gobierno de José Antonio Kast ingresó al Senado una reforma constitucional en materia de seguridad que contempla ocho modificaciones a la Carta Fundamental, entre ellas la creación de un nuevo Estado de Excepción de Seguridad Pública que podría extenderse por hasta 120 días y permitir la restricción de determinados derechos, incluida la posibilidad de interceptar, abrir o registrar documentos y toda clase de comunicaciones.
La propuesta, ingresada con suma urgencia, también incorpora nuevas disposiciones para personas condenadas por delitos vinculados al crimen organizado y conductas terroristas, crea un marco constitucional para registros de organizaciones criminales y entrega al Presidente una nueva atribución para declarar que una determinada agrupación constituye una organización terrorista o de crimen organizado. Los alcances de varias de estas medidas deberán ser desarrollados posteriormente mediante leyes.
Reforma de seguridad de Kast crea nuevo Estado de Excepción
Uno de los principales componentes de la iniciativa es la creación de un Estado de Excepción de Seguridad Pública, distinto de los estados de excepción actualmente contemplados en la Constitución.
Según informó La Tercera, esta nueva herramienta podrá ser decretada por el Presidente de la República ante una “amenaza grave e inminente” a la seguridad pública o cuando esta haya sido “gravemente afectada”.
La medida podrá extenderse inicialmente por un máximo de 120 días corridos. El Presidente podrá prorrogarla una vez por igual período y, para nuevas extensiones, deberá contar con el acuerdo del Congreso Nacional.
El texto establece además que las zonas afectadas quedarán bajo la dependencia inmediata de un oficial general designado por el Presidente de la República. Una ley orgánica constitucional deberá determinar sus atribuciones, las facultades de las Fuerzas de Orden y Seguridad y la colaboración que puedan prestar las Fuerzas Armadas a través del Ministerio de Defensa.
¿Qué derechos podrá restringir el Presidente?
La propuesta establece que, durante este Estado de Excepción de Seguridad Pública, el Presidente podrá suspender o restringir la libertad personal y de locomoción y el derecho de reunión.
También podrá restringir el ejercicio del derecho de asociación, además de interceptar, abrir o registrar documentos y toda clase de comunicaciones y disponer requisiciones de bienes. Estas facultades aparecen expresamente en el texto final.
Este punto constituye una de las diferencias relevantes respecto de la regulación actual y explica parte de las críticas que ha recibido la iniciativa por el alcance de las facultades presidenciales.
Condenados por crimen organizado tendrán nuevas inhabilidades
La reforma incorpora además nuevas disposiciones para personas condenadas por delitos vinculados al crimen organizado o conductas terroristas.
En el caso de quienes sean condenados por delitos vinculados al crimen organizado, el proyecto establece que quedarán inhabilitados perpetuamente para ejercer funciones o cargos públicos, sean o no de elección popular.
La iniciativa también establece que quienes sean condenados por crimen organizado o conductas terroristas no podrán acceder durante 15 años a penas sustitutivas de privación de libertad ni a beneficios penitenciarios. Asimismo, contempla restricciones para determinadas prestaciones financiadas con recursos públicos.
Los alcances concretos de estas restricciones no quedan completamente establecidos en la propia reforma constitucional. El proyecto entrega su regulación a una ley de quórum calificado, que deberá determinar las condiciones y alcances de su aplicación.
El punto que cambió respecto del borrador
Este aspecto requiere una precisión relevante para evitar confundir el borrador con el proyecto definitivo.
El documento que había circulado previamente contemplaba que las personas condenadas por crimen organizado, terrorismo y narcotráfico pudieran quedar impedidas de acceder durante la condena y por 15 años posteriores a determinadas prestaciones financiadas con recursos estatales vinculadas a salud, educación, trabajo y seguridad social.
Además, aquel borrador incorporaba una disposición destinada a establecer que determinadas diferencias de trato derivadas de esas inhabilidades no serían consideradas arbitrarias. Esa última disposición fue eliminada por el Ejecutivo del texto definitivo. También fue eliminado otro párrafo que señalaba que las penas, medidas, inhabilidades y restricciones no afectarían los derechos en su esencia.
Oposición cuestiona restricciones y alcance constitucional
La nueva presidenta del Frente Amplio, diputada Gael Yeomans, cuestionó la reforma y sostuvo que una modificación constitucional no garantiza por sí misma mayor seguridad.
Planteó además reparos a que determinadas restricciones a beneficios sociales puedan quedar entregadas a una futura ley de quórum calificado. A su juicio, ese mecanismo podría significar un intento por “saltarse la Constitución”.
El diputado PC Luis Cuello también cuestionó la propuesta. Sostuvo que la reforma podría ser sometida a control preventivo del Tribunal Constitucional y planteó reparos respecto de sus efectos sobre derechos fundamentales. Se trata de una opinión del parlamentario sobre la eventual revisión constitucional, no de una resolución ya adoptada por el Tribunal Constitucional.
Desde el Partido Socialista, el diputado Raúl Leiva acusó al Gobierno de polarizar la discusión mediante su agenda de seguridad y cuestionó la falta de un trabajo prelegislativo amplio antes del ingreso del proyecto. En declaraciones recogidas por Cooperativa, sostuvo que la seguridad debería abordarse como una política de Estado y no como una “trinchera política”.