jueves 16 de abril de 2026
Judicial

Exdirector siguió viviendo en casa de colegio desde 2012 pese a dejar el cargo: Suprema ordena restituirla

La Corte Suprema confirmó fallo de Corte de Apelaciones de Temuco que ordenó restituir terreno ocupado por años en Teodoro Schmidt.

16 de abril de 2026 - 18:00

Durante más de una década, una casa ubicada dentro de un terreno perteneciente a la Diócesis de Villarrica fue ocupada por un tercero sin que se concretara su devolución. El conflicto llegó hasta la Corte Suprema, luego de pasar por el Juzgado de Letras de Nueva Imperial y la Corte de Apelaciones de Temuco.

El caso se originó en 2022, cuando la Diócesis presentó una demanda para recuperar un retazo de terreno de 1.022,77 metros cuadrados, ubicado dentro de un predio mayor de 1,36 hectáreas en la comuna de Teodoro Schmidt.

En ese espacio se emplaza una casa habitación que, según se expuso, era utilizada sin autorización desde al menos 2012, cuando el ocupante ejercía funciones vinculadas a un establecimiento educacional del lugar.

En primera instancia, el Juzgado de Letras de Nueva Imperial rechazó la demanda. El tribunal concluyó que no se había individualizado adecuadamente el terreno reclamado, lo que impedía determinar con precisión qué parte del predio debía restituirse.

Sin embargo, la decisión fue apelada y la Corte de Apelaciones de Temuco revocó ese fallo. En su sentencia, el tribunal estimó que sí se habían cumplido los requisitos de la acción reivindicatoria, particularmente la identificación del terreno, considerando la inscripción de dominio, los planos y la prueba testimonial. Por ello, ordenó la restitución del inmueble en un plazo de 30 días.

¿Qué decidió la Corte Suprema?

El caso escaló hasta la Corte Suprema mediante un recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandada, que buscaba invalidar lo resuelto por la Corte de Apelaciones. No obstante, el máximo tribunal rechazó el recurso de forma unánime.

La Primera Sala, integrada por las ministras y ministros María Angélica Repetto, Mario Carroza, María Soledad Melo, Jorge Zepeda y Eliana Quezada, concluyó que no hubo errores de derecho en la sentencia recurrida.

En el fallo se indica que los jueces “han hecho un acertado análisis de las situaciones fácticas” y aplicaron correctamente la normativa correspondiente.

Asimismo, la Corte Suprema descartó las críticas sobre la valoración de la prueba, señalando que el recurso intentaba reabrir la discusión sobre los hechos ya establecidos en el juicio, lo que no es procedente en esta etapa.

Con esta decisión, quedó firme la orden de restituir el terreno a su propietario, cerrando un proceso judicial que se extendió por varios años y que pasó por tres instancias antes de resolverse definitivamente.

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