A raíz del proyecto de ley que obliga a mujeres a escuchar el latido del corazón del embrión o feto para poder abortar bajo las tres causales, el Colegio Médico de Chile (Colmed) ha expresado su preocupación mediante una declaración pública apelando a que el consentimiento informado debe ser libre de toda coerción.
Desde el gremio abordaron la iniciativa bajo un punto de vista ético clínico con la siguiente pregunta: "¿es compatible con una atención clínica centrada en la paciente que la ley establezca, de manera obligatoria, una intervención específica en situaciones de profundo sufrimiento?".
Recordemos que la actual Ley IVE permite a mujeres abortar bajo tres causales: riesgo de vida materno, inviabilidad fetal y violación.
Para responder a la pregunta, citaron lo dictaminado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO) y el American College of Obstetricians and Gynecologists (ACOG), que concluye que el consentimiento es "individualizado, libre de coerción y centrado en la autonomía de la persona".
¿Qué criterios implica el consentimiento en medicina?
Para Colmed —y tal como reconoce la medicina contemporánea— "el consentimiento informado es un proceso de diálogo entre el equipo de salud y la paciente, orientado a favorecer una decisión libre, autónoma y basada en información pertinente".
Asimismo, el consentimiento informado debe sustentarse en evidencia científica, juicio clínico y en la relación de confianza entre paciente y personal médico.
Por lo tanto, son tajantes en aclarar que su objetivo "no es persuadir", más bien garantizar que la paciente decida según sus valores y realidades.
Respecto a la iniciativa como tal, el consentimiento informado no necesitaría de una ley que obligue a la mujer a escuchar los latidos del feto antes de un aborto, ya que este se fortalece según criterios como la calidad en la atención, la confianza con el personal médico y la toma de decisiones sin presiones.