Una afiliada a Isapre Consalud acudió a la justicia luego de detectar que durante años pagó un precio más alto por su plan de salud debido a la aplicación de una tabla de factores basada en edad y sexo.
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Una afiliada a Isapre Consalud acudió a la justicia luego de detectar que durante años pagó un precio más alto por su plan de salud debido a la aplicación de una tabla de factores basada en edad y sexo.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la mujer estaba afiliada a la aseguradora desde el 1 de enero de 2002, cuando suscribió su contrato de salud previsional.
Con el tiempo, el plan fue modificado mediante distintos Formularios Únicos de Notificación (FUN), documentos con los que la isapre ajustaba las condiciones y valores del contrato.
Según se expuso en el juicio, el plan tenía un precio base de UF 1,440, pero el valor final era calculado multiplicando ese monto por una tabla de factores que aumentaba el costo según edad y sexo.
La afiliada alegó que ese mecanismo era ilegal, ya que las normas que lo permitían habían sido declaradas inconstitucionales por el Tribunal Constitucional en agosto de 2010.
El conflicto ya había llegado antes a tribunales. En noviembre de 2021, la Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de protección presentado en su favor y ordenó a la isapre calcular el valor del plan considerando solo el precio base, sin aplicar coeficientes asociados a la tabla de factores.
Posteriormente, la afiliada presentó una demanda civil para exigir la devolución de los cobros en exceso realizados entre julio de 2018 y diciembre de 2021.
El caso fue analizado por el Vigesimosexto Juzgado Civil de Santiago. En la sentencia, el juez Ricardo Cortés Cortés concluyó que la aseguradora incumplió el contrato al aplicar normas que ya habían sido derogadas del ordenamiento jurídico.
El tribunal también rechazó la excepción de prescripción presentada por la isapre, al determinar que los cobros reclamados estaban dentro del plazo legal.
Finalmente, el juzgado acogió parcialmente la demanda y condenó a Isapre Consalud a pagar 163,296 UF, equivalentes aproximadamente a $6.502.813 pesos, por concepto de cobros excesivos del plan de salud.
En cambio, el tribunal rechazó las indemnizaciones solicitadas por lucro cesante y daño moral, al no haberse acreditado esos perjuicios durante el juicio.