Un ex sargento primero de Carabineros fue dado de baja inmediata por “conducta mala” tras ser acusado de apropiarse de una billetera al interior de la Prefectura N°17 en Chillán.
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Un ex sargento primero de Carabineros fue dado de baja inmediata por “conducta mala” tras ser acusado de apropiarse de una billetera al interior de la Prefectura N°17 en Chillán.
Aunque en primera instancia se ordenó su reincorporación, la Corte Suprema revocó esa decisión y confirmó la desvinculación mientras se tramita el sumario administrativo.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el funcionario presentó un recurso de protección contra el Prefecto de Carabineros de Chillán, cuestionando una resolución exenta de 28 de mayo de 2025, que dispuso su baja con efecto inmediato.
Alegó que la medida era desproporcionada, considerando el escaso valor económico de la especie involucrada, y pidió ser reincorporado a la institución.
Según informó la autoridad recurrida, existía una investigación interna por la desaparición de una billetera negra, y las grabaciones de cámaras de vigilancia permitirían establecer que el funcionario se apropió de la especie, hecho que habría negado.
Carabineros sostuvo que la conducta afectaba gravemente el principio de probidad administrativa y el prestigio institucional.
La Corte de Apelaciones había acogido el recurso, estimando que la baja fue una medida excesivamente gravosa sin una fundamentación suficiente sobre la necesidad de separarlo de sus funciones.
Sin embargo, la Tercera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus y Omar Astudillo, junto a los abogados integrantes María Benavides y Eduardo Gandulfo, revocó esa decisión.
El máximo tribunal recordó que el artículo 127 del Reglamento N°8 de Carabineros permite eliminar de inmediato a un funcionario por “conducta mala” cuando la falta es grave y la responsabilidad se hace evidente, aun antes de concluir el sumario administrativo.
Señaló que se trata de una facultad especial, justificada por la naturaleza de la función policial.
La sentencia agregó que la desvinculación no es irreversible, ya que queda sujeta al resultado final del sumario.
Si la sanción definitiva no fuera la expulsión, el funcionario deberá ser reincorporado y se le pagarán las remuneraciones correspondientes al período intermedio.
Por ello, la Corte Suprema concluyó que la autoridad actuó dentro de sus facultades legales y rechazó el recurso de protección.