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Agrupación de FF.AA. y Carabineros en retiro cerró con candado sede de club de adultos mayores: Suprema ordenó restituir acceso
Grok (Referencial)

Agrupación de FF.AA. y Carabineros en retiro cerró con candado sede de club de adultos mayores: Suprema ordenó restituir acceso

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 19.01.2026
La Corte Suprema ordenó reabrir una sede de adultos mayores en Coyhaique, al concluir que el cierre del acceso mediante un candado fue un acto de autotutela ilegal.

El conflicto se originó cuando un club de adultos mayores llegó a su sede social en Coyhaique y encontró el acceso cerrado con cadena y candado.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, desde ese momento, sus integrantes no pudieron volver a ingresar al inmueble ni retirar los bienes que mantenían en su interior, como mesas, sillas, utensilios y otros implementos utilizados para reuniones, actividades recreativas y labores de apoyo comunitario.

El recinto era ocupado en virtud de un contrato de comodato firmado en 2015, que permitía el uso de una sala multiuso y una oficina por un plazo de diez años.

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La propiedad pertenece a una agrupación de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile en retiro, cuyo directorio comunicó el término del contrato por vencimiento del plazo y, posteriormente, dispuso el cierre material del acceso a la sede.

Ante esa situación, el club de adultos mayores recurrió a la Corte de Apelaciones de Coyhaique, denunciando un acto de autotutela y la imposibilidad de seguir desarrollando sus actividades.

Sin embargo, el tribunal rechazó el recurso de protección, al acoger la alegación de extemporaneidad y estimar que el conflicto se relacionaba con un derecho discutido de carácter contractual.

El caso llegó a la Corte Suprema, que revocó esa decisión. El máximo tribunal sostuvo que el acto que debía analizarse no era la comunicación del término del contrato, sino el cierre efectivo del acceso mediante el cambio de candado.

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A juicio de la Corte, esa conducta constituye un acto de autotutela, ya que la restitución de un inmueble debe resolverse por la vía judicial y no mediante hechos consumados.

Con esos argumentos, la Corte Suprema acogió el recurso de protección y ordenó permitir el libre acceso a la sede, ya sea retirando el candado o entregando las llaves, dejando a salvo que la disputa sobre la vigencia del comodato sea resuelta en un juicio de fondo.

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