TGR destituyó a funcionaria tras acreditarse que ejercía maltrato laboral a personal a su cargo: Suprema respaldó decisión
El caso se inició tras un sumario administrativo instruido por la Tesorería General de la República que concluyó con la destitución de una funcionaria pública.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la autoridad sostuvo que, a partir de la investigación interna, se acreditaron reiterados malos tratos laborales y atentados a la dignidad de funcionarias subordinadas, conductas que fueron calificadas como una infracción grave al principio de probidad administrativa y que, conforme al Estatuto Administrativo, justificaban la aplicación de la sanción más severa.
Contra esa decisión se intentó primero un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
En agosto de 2024, la Primera Sala del tribunal declaró inadmisible la acción, al estimar que el reclamo excedía el ámbito propio de esta vía cautelar.
Según se indicó entonces, revisar los hechos establecidos en un sumario y la valoración de las pruebas implicaba entrar en cuestiones de mérito, lo que no corresponde a un recurso de protección.
Posteriormente, un nuevo recurso fue acogido por la misma Corte de Apelaciones, que en abril de 2025 dejó sin efecto la destitución y la sustituyó por una suspensión de tres meses con el cincuenta por ciento de las remuneraciones.
Para ello, el tribunal consideró atenuantes como la ausencia de sanciones previas, las buenas calificaciones funcionarias, el contexto de la pandemia de COVID-19 y el tiempo transcurrido entre los hechos investigados y la sanción aplicada.
La Tesorería apeló y el caso llegó a la Tercera Sala de la Corte Suprema. El máximo tribunal revocó ese fallo y rechazó la acción de protección, señalando que esta vía no está destinada a revisar el mérito de un procedimiento disciplinario.
La Corte sostuvo que la destitución está expresamente prevista en la ley para infracciones calificadas como gravísimas y que, al haberse aplicado la sanción contemplada para ese tipo de conductas, no podía calificarse la medida como ilegal o arbitraria.
La decisión fue acordada con un voto en contra.