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Extranjera apeló orden de abandono de Chile en 2024 y esperó más de un año sin respuesta: Corte ordenó pronunciarse en 60 días
Foto: Servicio Nacional de Migraciones

Extranjera apeló orden de abandono de Chile en 2024 y esperó más de un año sin respuesta: Corte ordenó pronunciarse en 60 días

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 16.01.2026
La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió un recurso de protección y ordenó al Servicio Nacional de Migraciones resolver en 60 días un recurso administrativo que llevaba más de un año sin respuesta tras el rechazo de una residencia temporal.

Una ciudadana extranjera ingresó a Chile en febrero de 2019 por un paso habilitado y, tras permanecer en el país, inició en septiembre de 2022 un trámite ante el Servicio Nacional de Migraciones para obtener un permiso de residencia temporal que le permitiera trabajar de manera regular.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, durante la tramitación, la autoridad le solicitó antecedentes adicionales, entre ellos documentación tributaria que debía ser entregada por su empleador.

Según se expuso en el proceso judicial, esa información no fue proporcionada, lo que impidió completar los requisitos exigidos.

Debido a ello, el Servicio Nacional de Migraciones rechazó la solicitud mediante una resolución dictada el 4 de noviembre de 2024, ordenando además el abandono del país.

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Frente a esa decisión, el 11 de noviembre de 2024 se interpuso un recurso administrativo de reposición y jerárquico, solicitando que la autoridad revisara el rechazo.

Sin embargo, pese al tiempo transcurrido, el recurso no fue resuelto y permaneció por más de un año sin un pronunciamiento definitivo.

En ese período, además, la persona había celebrado un acuerdo de unión civil en abril de 2024, lo que fue presentado como un elemento de arraigo en Chile.

Ante la falta de respuesta, se presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta, denunciando una omisión ilegal y arbitraria del Servicio Nacional de Migraciones.

En la acción se alegó la vulneración del derecho a la igualdad ante la ley y el incumplimiento de los principios de celeridad y de conclusión que rigen los procedimientos administrativos.

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El Servicio Nacional de Migraciones pidió el rechazo del recurso, argumentando que el trámite seguía en análisis jurídico, que la interposición del recurso administrativo suspendía los efectos de la orden de abandono del país y que los plazos no eran fatales.

Al resolver, la Corte de Apelaciones de Antofagasta concluyó que la autoridad no había dado una respuesta dentro de un plazo razonable, manteniendo a la recurrente en un estado de incertidumbre prolongado.

El tribunal estimó que esa demora constituía una omisión ilegal y arbitraria.

Con esos fundamentos, la Corte acogió el recurso de protección y ordenó al Servicio Nacional de Migraciones pronunciarse sobre el recurso administrativo pendiente dentro de un plazo de 60 días corridos desde la dictación de la sentencia, sin condena en costas.

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