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Justicia absuelve a Claudio Crespo en juicio por las lesiones graves gravísimas de Gustavo Gatica, pese a acreditar que disparó
Agencia Uno

Justicia absuelve a Claudio Crespo en juicio por las lesiones graves gravísimas de Gustavo Gatica, pese a acreditar que disparó

Por: Cristian Neira | 13.01.2026
Pese a la exposición de pruebas durante los 14 meses que duró este juicio, el excarabinero Claudio Crespo fue considerado inocente de la acusación de ser el autor de los disparos de perdigones que causaron la ceguera total a Gustavo Gatica durante el estallido social. Se acreditó legítima defensa.

Con alta expectación nacional, este martes el 4° Tribunal Oral en Lo Penal de Santiago declaró inocente del delito de apremios ilegítimos al excarabinero Claudio Crespo.

Esto, en el juicio en su contra tras ser acusado por el Ministerio Público de ser el autor de los disparos de perdigones contra el rostro de Gustavo Gatica durante el estallido social, hecho que le provocó lesiones graves gravísimas, quedando con ceguera total permanente.

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Luego de una larga investigación, el Ministerio Público identificó como único imputado a Claudio Crespo, miembro de las FF.EE. de Carabineros conocido como “G-3” y que antes de este suceso ya había protagonizado otros hechos por los cuales fue acusado de violar los DD.HH. Por ello, pedían una pena de 12 años de cárcel.

Sin embargo y tras una extensa lectura, la jueza del 4º TOP describió más extenso los hechos de violencia ocurridos durante la revuelta popular, resaltando los ataques a efectivos policiales que ocurrieron durante la jornada del 8 de noviembre del 2019.

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Alta expectación e incidentes

Con la presencia de amigos y compañeros de Gustavo Gatica, además de representantes de instituciones de defensa de los DD.HH., también llegó el excandidato presidencial Johannes Kaiser, quien abiertamente defendió a Crespo e incluso le ofreció indulto si resultaba electo.

También arribó la senadora Fabiola Campillai, otra de las víctimas representativas del actuar policial, quien también sufrió un disparo al rostro, en este caso una bomba lacrimógena, sufriendo lesiones gravísimas, ceguera total y otras secuelas.

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Pidiendo a los presentes silencio y respeto, la jueza del 4° TOP de Santiago comenzó la extensa lectura de su veredicto, donde dejó en claro que “se pretende la sanción por apremios ilegítimos contra Claudio Crespo, a quien se le atribuye el ilícito”.

El tribunal no juzga la operación total de Carabineros en el control de orden público”, añadió, consumando el hecho que las estrategias de la policía no fueron cuestionadas en este juicio, sino que sólo el actuar del exfuncionario en cuestión.

Además, durante la lectura se recomendó a los presentes salir por otro lado, pues en la puerta principal del Centro de Justicia hubo, durante gran parte de la jornada, incidentes y enfrentamientos entre adherentes de Claudio Crespo y quienes acudieron apoyando a Gustavo Gatica.

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Acreditan que Crespo disparó a Gatica

Luego de un pequeño receso, el tribunal procedió a continuar con la lectura, donde se estableció que tras los peritajes, fue la escopeta disparada por Claudio Crespo desde la que salieron los perdigones que lesionaron gravemente a Gustavo Gatica.

"La evidencia audiovisual es contundente para concluir que al momento de la lesión de la víctima ni Cárdenas ni Saldivia (acompañaban a Crespo) estaban disparando, por lo que resulta forzoso determinar que el único autor posible de esos disparos es el acusado”, comentó el tribunal.

Concluir algo distinto sería contrario a la lógica, pues habiéndose establecido que al momento de la lesión de la víctima, que es aquel que se aprecia en el video 812, que ocurre a las 18:10:28, que en ese momento solo hay tres posibles tiradores y se aprecia a dos de ellos que no están disparando, solo conduce a concluir que el autor es el acusado. Lo cierto es que la víctima resultó herida por un disparo de escopeta antidisturbios, que no provino de Cárdenas ni de Saldivia", reafirmaron.

Esto, de acuerdo al 4º TOP, se estableció con distintos estudios, imágenes de video aportadas por manifestantes e incluso medios de comunicación y las lesiones de la víctima, el diputado Gatica, derribando varias tesis de la defensa del exuniformado.

Una de ellas fue la postura que no se podía establecer que fue Crespo quien disparó. Además, se dejó en claro que no era real que su arma tuviera desperfectos a la hora de los hechos (18:10:28 horas), pues las pruebas eran “contundentes” para establecerlo así.

También se desestimó el reclamo de la defensa sobre la procedencia de los videos, acusando que los manifestantes adulteraron los registros para incriminar a Claudio Crespo, lo que a juicio del tribunal resultaba “inverosímil”.

Otra tesis que la defensa de Crespo vio desacreditada, es el hecho que no había recibido instrucción de disparar al tercio inferior del cuerpo de manifestantes, comprobándose que sí las tuvo. Además, se dejó sin efecto la prueba sobre que pese a que disparó hacia abajo, el “cono de dirección” podría haberlo impactado más arriba, pues consultados distintos peritos, no se pudo establecer una trayectoria exacta.

La tesis de la legítima defensa

Sin embargo, y en uno de los pilares de la defensa, se acreditó la legítima defensa en el uso de la escopeta por parte de Claudio Crespo, lo que se establece debido a los ataques que Carabineros recibió durante esa jornada.

Eso y algunas fallas en la defensa de Gustavo Gatica en cuanto a procedimientos, hicieron que la jueza Cristina Cabello del 4to Tribunal de juicio Oral en lo Penal Santiago, decidiera absolver a Claudio Crespo, levantando todas las medidas cautelares en su contra.