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Vecino obstruyó alcantarillado que familia usaba desde 2016 y pagando $700 mil: Los dejó sin baño y Corte ordenó restablecer uso
Agencia Uno

Vecino obstruyó alcantarillado que familia usaba desde 2016 y pagando $700 mil: Los dejó sin baño y Corte ordenó restablecer uso

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 07.01.2026
Vecino bloqueó el alcantarillado que una familia usaba desde 2016 con autorización notarial y pago previo, dejándola sin baño y sin poder habitar su casa. La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso y ordenó restablecer el servicio.

Durante 2025, una familia de la comuna de La Unión comenzó a enfrentar un problema que terminó por volver inhabitable su vivienda.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la salida de desagüe de la casa fue obstruida de manera deliberada, pese a que ese sistema de alcantarillado venía siendo utilizado desde hacía cerca de diez años, con autorización notarial y previo pago.

La situación se agravó cuando la familia regresó a vivir al inmueble junto a dos hijos menores de edad y constató que no podía usar el baño ni evacuar aguas servidas, quedando privada de un servicio básico indispensable.

Según los antecedentes expuestos en el recurso, el uso del alcantarillado había sido autorizado en 2016 por la propietaria del inmueble colindante, a través de un acta notarial, a cambio del pago de $700.000.

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La conexión se encontraba en un callejón de uso público y contaba con conocimiento de la empresa sanitaria.

Sin embargo, el hijo de la otorgante de esa autorización decidió bloquear el desagüe, exigiendo que se construyera una conexión propia, pese al acuerdo vigente y al uso prolongado del sistema.

El caso fue conocido por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que analizó la situación a través de un recurso de protección.

El tribunal concluyó que la conducta denunciada constituía una vía de hecho, es decir, un acto de autotutela que alteró el statu quo, al tomarse la justicia por mano propia sin existir resolución judicial ni acto administrativo que lo autorizara.

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En su fallo, la Corte sostuvo que la obstrucción del alcantarillado privó a la familia del acceso a un servicio esencial, afectando condiciones mínimas de salubridad y habitabilidad, lo que configuró una vulneración al derecho a la vida y a la integridad física y psíquica.

Por ello, acogió el recurso de protección y ordenó permitir nuevamente el uso del alcantarillado en los términos establecidos en la autorización notarial de 2016, descartando cualquier justificación para impedirlo.

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