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Carabinera fue dada de baja por diagnósticos psiquiátricos y apeló: Suprema ordena nueva evaluación por contradicciones
Agencia Uno (Referencial)

Carabinera fue dada de baja por diagnósticos psiquiátricos y apeló: Suprema ordena nueva evaluación por contradicciones

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 12.08.2025
La Corte Suprema confirmó que Carabineros deberá hacer una nueva evaluación presencial a una cabo dada de baja por salud mental, al detectar diagnósticos contradictorios y falta de fundamentos en su retiro, que no consideró exámenes presenciales que la declaraban apta.

Durante más de 14 años, una funcionaria de Carabineros sirvió en distintas unidades policiales, manteniendo un historial impecable, sin sanciones y con calificaciones sobresalientes en la lista N°1 de mérito en la mayoría de los últimos años.

Sin embargo y según se puede apreciar en el fallo judicial, en enero de 2025 recibió una notificación que cambiaría su vida laboral: la Comisión Médica Central de Carabineros declaró su “imposibilidad física” y propuso su retiro absoluto de la institución.

La medida se sustentó en diagnósticos psiquiátricos que la calificaban con patologías mentales incurables e incompatibles con la función policial.

La cabo —que había prestado servicios en la 1ª Comisaría de Concepción, Tenencia Higueras en Talcahuano y 1ª Comisaría de Los Ángeles— impugnó la decisión asegurando que los exámenes en que se basó se realizaron por telemedicina y no de forma presencial.

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Acompañó informes médicos y psicológicos particulares que, tras evaluaciones cara a cara, concluían que su estado de salud mental era óptimo: sin alteraciones del ánimo, ideación suicida, problemas de control de impulsos ni trastornos que afectaran su capacidad funcional.

Además, presentó un informe de desempeño laboral emitido por su superior directo, donde se destacaba su compromiso, capacidad de trabajo en equipo y perfil idóneo para continuar en la institución.

Diagnósticos contradictorios y evaluaciones telemáticas

En los antecedentes revisados por la justicia, la historia clínica de la funcionaria mostró inconsistencias importantes.

En 2022, el psiquiatra institucional consignó como diagnóstico principal un “síndrome suicidal remitido” y un “episodio depresivo grave”.

Ese mismo especialista, en un informe fechado en octubre de 2024, incorporó por primera vez el diagnóstico de “trastorno de personalidad límite”.

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En paralelo, la asesora psiquiatra de la Comisión Médica, en una evaluación telemática de febrero de 2024, coincidió en los antecedentes depresivos, pero agregó la observación de un “trastorno de personalidad” y consignó que la paciente había abandonado el tratamiento farmacológico en octubre de 2023.

No obstante, el médico tratante indicó que la cabo mantenía buena adherencia a la medicación y que su último control había sido en mayo de 2024.

A ello se sumó un informe psicológico institucional de mayo de 2024 que solo “hipotetizaba” una personalidad limítrofe, sin precisar si esa hipótesis fue comprobada ni cómo.

Todo esto contrastaba con las pericias presenciales presentadas por la defensa, en las que una psiquiatra y una psicóloga clínica particular coincidían en que la funcionaria estaba mentalmente sana, con adecuada regulación emocional y sin rasgos de inestabilidad que comprometieran su rol policial.

Pese a estas divergencias, la Comisión Médica Central resolvió proponer su baja por “patología incurable y no invalidante”, y la Prefectura de Carabineros Bío Bío ejecutó la decisión, disponiendo su retiro absoluto a partir de julio de 2025.

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La medida implicaba que, al tener menos de 20 años de servicio, la funcionaria quedaría sin derecho a pensión de retiro, indemnización de desahucio ni asignaciones familiares.

Además, entregó su placa y credencial apenas días después de la notificación, sin que se resolviera el recurso de reposición que había presentado.

Fallo de la Corte de Concepción: decisión “arbitraria” y carente de fundamentos

La Corte de Apelaciones de Concepción analizó los antecedentes y concluyó que la decisión administrativa carecía de fundamentación suficiente y mostraba un tratamiento parcial de la información médica.

El tribunal advirtió que se habían privilegiado diagnósticos realizados por telemedicina, mientras que los exámenes presenciales —que describían un estado de salud mental óptimo— no se habían ponderado de manera adecuada.

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El fallo remarcó que el retiro por salud incompatible debe fundarse en motivos lógicos, consistentes y acreditados, ya que de lo contrario constituye una discriminación arbitraria.

En este caso, señaló, “si la causal de tener salud incompatible se sustenta en un padecimiento mental del que la recurrente carece, no existe aquella necesaria y debida relación causal entre el motivo y la declaración de incompatibilidad para el ejercicio del cargo, lo que en definitiva torna la decisión en arbitraria, por falta de la racionalidad exigible”.

También cuestionó que la Comisión Médica Central se remitiera de forma “aparentemente incompleta” a la historia clínica y no realizara un razonamiento que explicara el valor otorgado a los diagnósticos que sustentaban la baja.

Para la Corte, no se trataba de invalidar la facultad exclusiva de esa instancia para evaluar la aptitud física y mental del personal, sino de exigir que ese proceso cumpliera con los principios de fundamentación y racionalidad que rigen la actuación administrativa.

En su resolución, la Corte de Concepción ordenó invalidar las resoluciones que declararon la imposibilidad física y dispusieron el retiro.

Además, instruyó a la Comisión Médica Central realizar una nueva evaluación médica y psicológica completa, presencial y con todos los antecedentes desde la primera licencia médica por salud mental, otorgada en diciembre de 2021.

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Suprema confirma, pero con voto en contra

La causa fue apelada y llegó a la Corte Suprema. La Tercera Sala —integrada por los ministros Diego Simpertigue, María Soledad Melo, el ministro suplente Jorge Zepeda y las abogadas integrantes María Angélica Benavides y José Miguel Valdivia— resolvió confirmar la sentencia de la Corte de Concepción.

La decisión no fue unánime. El abogado integrante Valdivia votó por revocar el fallo y rechazar el recurso, argumentando que las resoluciones cuestionadas se habían basado en antecedentes médicos suficientes para respaldar la baja y que las autoridades actuaron dentro de sus facultades.

Con la confirmación de la Suprema, quedó firme la orden para que la Comisión Médica Central lleve a cabo una evaluación presencial que considere de manera completa y coherente la situación médica y funcional de la funcionaria antes de decidir si puede o no seguir en servicio.

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