
Precarización laboral en Santiago 2023 remece a Mayne-Nicholls: Ordenan pagar $6,7 millones a audiovisual sin contrato
Durante más de un año, un productor audiovisual trabajó a jornada completa para los Juegos Panamericanos Santiago 2023 sin contrato laboral, sin cotizaciones previsionales y sin vacaciones.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, sus funciones estaban directamente vinculadas a la difusión del evento: grababa, editaba y organizaba material audiovisual que posteriormente sería usado como parte del archivo oficial de la Corporación encargada de los Juegos.
Todo eso mientras se le exigía presencia física diaria, un horario determinado y reportar directamente a un superior.
Pero su vínculo estaba formalizado bajo un contrato de prestación de servicios, lo que lo dejó sin los derechos que le corresponderían como trabajador dependiente.
A fines de 2023, cuando terminaron los Juegos, fue desvinculado sin explicaciones formales ni pago de indemnizaciones.
En marzo de 2024 decidió demandar a la Corporación XIX Juegos Panamericanos Santiago 2023 —entidad presidida entonces por Harold Mayne-Nicholls— solicitando el reconocimiento de la relación laboral, la declaración de despido injustificado, el pago de cotizaciones, feriado legal, horas extraordinarias y la nulidad del despido.
El fallo fue emitido el 19 de junio de 2025 por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago y condenó a la Corporación a pagar más de $6,7 millones, además de regularizar las cotizaciones previsionales, de salud y cesantía.
También se declaró la nulidad del despido y se ordenó el pago íntegro de remuneraciones hasta la convalidación del término de la relación laboral.
Entre las pruebas documentales presentadas, destaca un video en que Harold Mayne-Nicholls —entonces director ejecutivo de la Corporación— pidió expresamente a los trabajadores que asistieran a trabajar en pleno feriado del 9 de octubre de 2023:
“Necesitamos seguir trabajando, los necesitamos a todos aquí en la oficina, en los lugares, en los venues, en donde les toque (…) De lo contrario, se nos acumula tal carga que capaz que nos complique para llegar el día 20 de octubre a la inauguración de los Juegos”, señaló.
Una relación laboral encubierta
El trabajador —quien emitía boletas mensuales por $1.350.000— comenzó sus funciones el 22 de agosto de 2022.
Según se demostró en el juicio, debía asistir diariamente a las oficinas de la Corporación, cumplir un horario de 9:00 a 18:00 y reportar a un superior, específicamente al Subgerente de Televisión, que en los hechos cumplía el rol de jefatura directa.
También debía entregar informes mensuales para poder recibir su pago.
Además, el tribunal valoró que se le exigiera utilizar exclusivamente sus propios implementos técnicos —como cámaras, trípodes y drones— y que el contrato prohibiera subcontratar o delegar sus funciones, indicando que las labores debían ser realizadas de forma personal.
Todo esto, concluyó la jueza Luz Adriana Celedón Bulnes, son indicios claros de subordinación y dependencia que configuran una relación laboral.
A pesar de que el contrato suscrito era por tres meses, el vínculo se extendió hasta el 31 de diciembre de 2023 sin que se firmaran nuevos documentos ni se regularizara la situación laboral del trabajador.
Una estructura laboral precarizada
El tribunal también se refirió críticamente a la forma en que se estructuró la contratación de personal para Santiago 2023.
Aunque el Congreso —a través de la Ley de Presupuesto— permitió contratar a algunas personas bajo el Código del Trabajo y otras mediante boletas de honorarios, la jueza advirtió que la Corporación utilizó esta última modalidad incluso en casos donde correspondía un contrato laboral.
“La forma de contratación efectuada por la demandada (...) importa una precarización que no debe ser admitida en nuestro ordenamiento”, se lee en el fallo.
El tribunal citó el artículo 8º del Código del Trabajo, que establece que toda prestación de servicios bajo subordinación y dependencia presume la existencia de un contrato de trabajo, independientemente del nombre que las partes le hayan dado.
Por este motivo, se ordenó el pago de $1.350.000 por indemnización sustitutiva de aviso previo, $1.350.000 por años de servicio y un recargo del 50% equivalente a $675.000.
A esto se suman $1.321.876 por feriado legal y proporcional, además de la regularización de todas las cotizaciones previsionales.
También se aplicó la sanción por nulidad del despido, que obliga a la Corporación a pagar los sueldos completos hasta que convalide el despido mediante el pago íntegro de las cotizaciones.
Matías Berrios Fuchslocher, socio del estudio jurídico Berrios & Palavecino | Pinochet, afirmó que “el fallo es de vital importancia para el caso en concreto y para todos los que aún se siguen”.
Explicó que el tribunal calificó de precarización laboral la situación del trabajador, al considerar que hubo simulación de contrato y se infringió el Convenio OIT 132 sobre el derecho a vacaciones.
El abogado advirtió que los propios representantes de la Corporación Santiago 2023 han declarado en juicio que no saben qué pasará con las deudas una vez que se extinga la entidad, lo que ocurriría “a más tardar el 25 de noviembre de 2025”.
“¿Y los más de 60 juicios que siguen? Nadie sabe quién va a responder por esas sentencias”, cuestionó.
Según Berrios Fuchslocher, la estrategia de la Corporación es dilatar hasta su disolución. “Después nadie responde. El costo lo asumen trabajadores de todas las áreas, desde broadcast hasta bienestar”, señaló.
También criticó que las actas revisadas traten las demandas como temas menores, asegurando que “se ha escondido el problema debajo de la alfombra”.
Mayne-Nicholls y el trabajo en feriados
Uno de los momentos más representativos del caso ocurrió el 9 de octubre de 2023, cuando Harold Mayne-Nicholls grabó un video dirigido al equipo de Santiago 2023. En ese mensaje, pidió explícitamente que asistieran a trabajar durante un feriado nacional:
“Este lunes festivo celebramos el Encuentro de Dos Mundos (...) Entiendo que esta celebración para muchos puede ser muy importante, pero por eso mismo quiero pedirles un especial favor. Necesitamos seguir trabajando (…) trabajemos como si fuera un día normal”, señaló.
Esa jornada cae en medio del llamado “Games Time”, el periodo más intenso de los Juegos Panamericanos, durante el cual los trabajadores debieron cumplir jornadas que, según testigos, se extendían desde las 7:00 de la mañana hasta las 21:00 horas, sin descanso semanal.
Uno de los testigos que declaró en el juicio —quien también demandó a la Corporación por razones similares— confirmó que durante ese periodo no se otorgaron días de descanso y que todos los trabajadores audiovisuales estaban bajo supervisión directa.
No hubo unidad económica
La demanda también pretendía que el Instituto Nacional del Deporte (IND) y el Comité Olímpico de Chile fueran considerados empleadores solidarios, argumentando que eran los socios fundadores de la Corporación y participaban activamente en la toma de decisiones.
Sin embargo, el tribunal rechazó esta pretensión.
A juicio de la jueza Celedón, no se probó la existencia de una “dirección laboral común” entre las tres entidades, como exige el artículo 3 del Código del Trabajo para declarar la figura de empleador único.
A pesar de los múltiples convenios de transferencia de fondos desde el IND a la Corporación, no se comprobó que ese organismo impartiera instrucciones directas ni controlara el quehacer diario de los trabajadores. En cuanto al Comité Olímpico, ni siquiera compareció en el juicio.
Por lo tanto, la condena fue exclusivamente contra la Corporación Santiago 2023, la que deberá responder por el total de las prestaciones impagas y regularizar la situación previsional del trabajador.
“Las pocas actas que se han podido leer detallan que no tienen inconvenientes con las demandas laborales, que tienen los fondos para cubrirlas, como si esto fuera un tema menor para dejar en el olvido”, sostuvo Matías Berrios Fuchslocher.
A su juicio, esta actitud revela una falta de responsabilidad institucional frente a más de 60 juicios aún vigentes.
Desde el estudio jurídico Berrios & Palavecino | Pinochet advierten que la Corporación ha optado por una estrategia de respuesta limitada.
“Consiste en responder hasta el término del giro, hasta la extinción, y después nadie sabe qué pasará con los juicios. El gran problema de Santiago 2023 se ha escondido debajo de la alfombra”, remarcó Berrios Fuchslocher.
Para el abogado, existe una completa incertidumbre institucional. “Los representantes de la Corporación han declarado en juicio que no saben qué va a pasar con las deudas una vez que se extinga la entidad”, afirmó. “Y han dicho con claridad que esa extinción ocurrirá a más tardar el 25 de noviembre de 2025”.