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Mineduc le quitó beca por estudiar dos carreras a la vez pese a cumplir requisitos: Corte ordenó restituir el beneficio
Agencia Uno

Mineduc le quitó beca por estudiar dos carreras a la vez pese a cumplir requisitos: Corte ordenó restituir el beneficio

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 25.06.2025
La Corte de Concepción ordenó al Mineduc renovar la Beca Bicentenario a una alumna de Derecho, tras calificar como ilegal que se le quitara el beneficio por cursar otra carrera a distancia. El tribunal afirmó que no existía incompatibilidad ni causal legal de exclusión.

Una estudiante de Derecho de la Universidad Andrés Bello recurrió a la justicia luego de que el Ministerio de Educación decidiera no renovarle la Beca Bicentenario para el año 2024.

Según explicó ante la Corte de Apelaciones de Concepción, desde 2020 era beneficiaria del programa estatal, pero este fue revocado arbitrariamente cuando la autoridad detectó que también había iniciado una carrera técnica a distancia en el Instituto Profesional Providencia.

La decisión del ministerio se basó en una supuesta incompatibilidad entre ambos programas académicos, lo que –según la cartera– impedía mantener el beneficio, aplicando una normativa que exige optar por una de las dos carreras.

Sin embargo y según se puede apreciar en el fallo judicial, la estudiante alegó que dicha incompatibilidad no existía, ya que la nueva carrera no podía acceder al mismo beneficio por ser en modalidad a distancia y, por tanto, no correspondía activar el derecho de opción.

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El tribunal le dio la razón. En fallo unánime, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción –integrada por el ministro Mauricio Silva Pizarro, la ministra Claudia Vilches Toro y el abogado integrante Francisco Santibáñez Yáñez– estableció que el actuar del Ministerio de Educación fue arbitrario e ilegal, al quitarle un beneficio que legítimamente había mantenido por cuatro años.

Resulta manifiesto que la decisión del Ministerio de Educación de no renovar la Beca Bicentenario (…) no se ajusta al ordenamiento jurídico aplicable”, señalaron los jueces.

Añadieron que la segunda carrera no era susceptible de recibir ese beneficio por ser a distancia, por lo que no podía generarse la supuesta duplicidad que invocaba el ministerio.

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La Corte también tuvo en cuenta que la estudiante ya había sido informada de que su beca estaba renovada para 2024, por lo que resultaba inaceptable que luego se le negara el beneficio sin fundamento legal.

La actuación del ministerio deviene en una conducta guiada por su mero capricho”, concluye el fallo.

Por estas razones, se acogió el recurso de protección y se ordenó al Ministerio de Educación renovar la beca para cubrir el arancel del año académico 2024, debiendo transferirse el monto correspondiente directamente a la universidad.

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