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La lucha en tribunales de un vecino de Chillán que consiguió que EFE repare cruces ferroviarios tras fallas reiteradas
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La lucha en tribunales de un vecino de Chillán que consiguió que EFE repare cruces ferroviarios tras fallas reiteradas

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 29.05.2025
La Corte Suprema revocó un fallo de la Corte de Chillán y ordenó a EFE adoptar medidas urgentes para reparar y mantener los cruces ferroviarios de la comuna, tras constatar fallas reiteradas en las barreras de señalización que han causado accidentes y graves riesgos.

Durante la noche del 24 de noviembre de 2024, un conductor que se desplazaba desde el sector Parque Lantaño hacia el centro de Chillán quedó atrapado por más de media hora en el cruce ferroviario de esa zona.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, las barreras estaban abajo, indicando el paso inminente de un tren, pero este nunca apareció.

Ante la congestión vehicular y la falta de información, varios conductores decidieron levantar manualmente las barreras para continuar su camino.

Según el recurrente, estos episodios no eran aislados: solo ese año hubo múltiples fallas similares, algunas de las cuales fueron registradas por medios locales y denunciadas en redes sociales.

El demandante, señaló además que el cruce ya había sido escenario de accidentes fatales.

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En julio de 2022, una camioneta colisionó con un tren en el lugar, y en agosto del mismo año un hombre de 31 años falleció en un accidente similar, en el que también iba una mujer embarazada.

El demandante responsabilizó a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE) por su pasividad, ausencia de personal de resguardo y deficiente mantenimiento de las barreras y sistemas de señalización.

La empresa, por su parte, argumentó que las fallas no eran atribuibles a su actuar, sino al comportamiento imprudente de los conductores y a daños provocados por terceros en la infraestructura.

Sostuvo que los dispositivos automáticos funcionaban correctamente y que los incidentes obedecían a “sobreprotección” más que a un riesgo real.

Asimismo, defendió que cumple con lo estipulado en el Decreto N°38 sobre señalización ferroviaria y que realiza las reparaciones necesarias.

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La Corte de Apelaciones de Chillán acogió esta última postura, señalando que no había evidencia de un acto ilegal o arbitrario por parte de EFE, y que los problemas eran producto del actuar de terceros.

No obstante, la Corte Suprema no compartió esa conclusión. El máximo tribunal revocó el fallo y determinó que sí existían antecedentes suficientes para establecer una amenaza grave a la vida e integridad de las personas.

En el fallo, firmado por los ministros Dobra Lusic, Diego Simpértigue, Adelita Ravanales (con permiso), y los abogados integrantes Carlos Urquieta y Andrea Ruiz, se estableció que los dispositivos de señalización habían presentado fallas repetidas, como barreras trabadas o dañadas, incluso en fechas distintas al caso principal (21 de abril, 21 de julio, 1 de agosto y 9 de septiembre de 2024).

La Corte Suprema advirtió que, “la posibilidad de nuevos desperfectos constituye una amenaza grave a la vida e integridad física de quienes transitan por el lugar”.

Por ello, acogió el recurso de protección y ordenó a EFE que adopte todas las medidas necesarias de forma oportuna y diligente para reparar y mantener los sistemas automáticos de seguridad en los cruces ferroviarios de Chillán.

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