
Madre con cáncer vendió casa para pagar colegiatura de hija pero le rechazaron matrícula: En tribunales revierte decisión
En 2023, una madre inscribió a su hija en el Colegio Alemán de Concepción, firmando el compromiso de pagar la cuota de incorporación y las mensualidades correspondientes al año 2024.
Pero, según se puede apreciar en el fallo judicial, a los pocos meses, su vida cambió drásticamente: le diagnosticaron leucemia linfocítica con anemia hemolítica, enfermedad que le impidió continuar trabajando.
A esto se sumó la separación del padre de la niña, situación que deterioró aún más su economía. Pese a ello, la apoderada informó de su situación al colegio y este autorizó prorrogas sucesivas, permitiendo a la menor asistir con normalidad a clases durante todo el año.
Cuando finalmente logró vender una propiedad para ponerse al día —aun por debajo del valor de mercado— la madre saldó por completo la deuda el 14 de marzo de 2025 y ofreció pagar anticipadamente todo el arancel del nuevo año escolar.
Sin embargo, el colegio decidió no renovar la matrícula para 2025, invocando razones contractuales y administrativas, sin tomar en cuenta ni la situación excepcional de salud ni que ya no existía deuda pendiente.
Tampoco señaló razones pedagógicas, de disciplina o convivencia para excluir a la estudiante.
Ante esta negativa, la madre presentó un recurso de protección. En un fallo unánime, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción —integrada por las ministras Matilde Esquerré Pavón, Jimena Troncoso Sáez y la abogada (i) Beatriz Larraín Martínez— consideró arbitraria e ilegal la decisión del Colegio Alemán.
El tribunal advirtió que la medida vulneró el principio del interés superior del niño, afectando la estabilidad emocional y académica de la menor, además de su derecho a la educación y a la igualdad ante la ley.
La Corte ordenó al establecimiento inscribir a la menor para el año académico 2025, en un plazo máximo de cinco días desde la notificación, asegurando su integración plena y sin discriminación.
Según el fallo, la actitud del colegio fue incongruente al ofrecer facilidades durante un año completo y luego rechazar sin causa válida la matrícula, incluso tras haberse recibido el pago completo de la deuda.