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Ficha médica digital: Millonaria multa a Clínica Las Condes por negarlas deja entrever líos por derechos de pacientes
Agencia Uno (Referencial)

Ficha médica digital: Millonaria multa a Clínica Las Condes por negarlas deja entrever líos por derechos de pacientes

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 14.03.2025
La Corte Suprema confirmó la multa de 100 UF ($3.880.406) a Clínica Las Condes por negar la entrega digital de una ficha médica, pese a la orden de la Superintendencia de Salud.

La negativa de Clínica Las Condes (CLC) a entregar una ficha médica en formato digital a un padre que la solicitó para su hija derivó en un proceso judicial que terminó con una sanción económica significativa para la institución.

La Corte Suprema confirmó recientemente la multa de 100 Unidades de Fomento ($3.880.406) impuesta por la Superintendencia de Salud (SS), sanción que ya había sido ratificada previamente por la Corte de Apelaciones de Santiago.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el caso comenzó cuando el padre de la paciente solicitó la entrega del documento clínico a través de correo electrónico, en formato digital.

Sin embargo, la clínica se negó a cumplir con esta modalidad, argumentando que su normativa interna establecía que la entrega debía ser presencial y en papel para garantizar la seguridad y confidencialidad del paciente.

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Esta negativa llevó al afectado a acudir a la SS, organismo que instruyó a CLC para que entregara la ficha en el formato solicitado.

Pese a la orden administrativa, la clínica persistió en su negativa, lo que llevó a la Superintendencia a iniciar un procedimiento sancionador, concluyendo con la imposición de la multa.

La clínica recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago para anular la sanción, alegando que la normativa no especificaba un formato obligatorio de entrega y que existía un vacío regulatorio en la materia.

Sin embargo, el tribunal rechazó sus argumentos y ratificó la legalidad de la multa impuesta.

En su fallo, la Corte de Apelaciones sostuvo que la Superintendencia de Salud actuó conforme a derecho y que CLC tenía la obligación de cumplir con las instrucciones que se le dieron respecto a la entrega de la ficha clínica.

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“Era deber de CLC dar estricto cumplimiento a las instrucciones dadas por la Superintendencia en cuanto a que debía entregar la ficha clínica en la forma solicitada, esto es, por correo electrónico y en formato digital, sin perjuicio de su entrega física”, estableció el tribunal.

Corte Suprema y confirmación de la sanción

Tras la decisión de la Corte de Apelaciones, CLC llevó el caso a la Corte Suprema, buscando revertir la multa.

No obstante, la Cuarta Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Jean Pierre Matus, Diego Gonzalo Simpertigue y María Soledad Melo, además de los abogados integrantes José Miguel Valdivia y Juan Carlos Ferrada, resolvió confirmar la sentencia apelada.

El fallo de la Suprema ratificó el criterio adoptado en primera instancia, descartando que existiera un vacío normativo y enfatizando que la negativa de CLC a entregar la ficha digital vulneró el derecho del paciente y su representante legal a acceder a su información médica.

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La sentencia dejó en claro que la clínica tuvo la oportunidad de impugnar la orden administrativa de la Superintendencia en su debido momento, pero no lo hizo.

“El cargo formulado a CLC dice relación con el incumplimiento de la Resolución Exenta IP/5677, que instruyó la entrega de la ficha en formato físico y digital. Al no cumplir con esta orden, se configuró la infracción sancionada”, argumentó el tribunal.

Otros casos y el debate sobre el acceso a fichas médicas

El caso de Clínica Las Condes no es un hecho aislado. Según los antecedentes judiciales, la Superintendencia de Salud ha recibido múltiples denuncias en contra de la misma institución por situaciones similares, lo que ha llevado a distintas fiscalizaciones en el pasado.

En una de ellas, realizada en 2022, la Superintendencia concluyó que la clínica había cumplido con las exigencias normativas en ese momento, lo que generó un debate sobre si el actual fallo representa un cambio de criterio por parte del organismo regulador.

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Desde el punto de vista de la clínica, la exigencia de entregar fichas médicas de manera presencial busca evitar vulneraciones a la privacidad de los pacientes, protegiéndolos de posibles suplantaciones de identidad.

Sin embargo, la Superintendencia ha defendido su postura, señalando que el derecho de los pacientes a acceder a su información de manera expedita no puede ser restringido por normativas internas de una institución privada.

Con este pronunciamiento del máximo tribunal, Clínica Las Condes deberá pagar la sanción impuesta y ajustar sus procedimientos para evitar futuras infracciones.

No obstante, el debate sobre los límites de la regulación en la entrega de información médica sigue abierto, con implicancias que podrían ir más allá de este caso puntual.

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