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Egresado de pedagogía reclamó negativa de universidad a entregarle su título por deuda y justicia valida la decisión
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Egresado de pedagogía reclamó negativa de universidad a entregarle su título por deuda y justicia valida la decisión

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 05.03.2025
Un egresado de Pedagogía en Inglés no recibió su título porque debía más de $8 millones a su universidad. La Corte de Apelaciones ordenó entregárselo, pero la Corte Suprema revocó la decisión, respaldando el derecho de la institución a retener títulos por deudas pendientes.

Un joven que terminó la carrera de Pedagogía en Inglés en la Universidad Nacional Andrés Bello se encontró con un gran problema: la universidad se negó a entregarle su título porque tenía una deuda pendiente.

Aunque aprobó todos sus ramos, hizo su práctica y pasó su examen de grado, la institución le exigió pagar más de ocho millones de pesos antes de permitirle titularse.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, esta deuda incluía aranceles impagos y dinero que la universidad tuvo que cubrir porque él dejó de pagar el Crédito con Aval del Estado (CAE).

El egresado presentó un recurso de protección para que la universidad le entregara su título, argumentando que la deuda debía resolverse en otro proceso y que sin su título no podía trabajar para pagar lo que debía.

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También dijo que otros estudiantes en su misma situación sí habían recibido su título, por lo que consideraba que su caso era injusto.

En primera instancia, la Corte de Apelaciones de Valparaíso le dio la razón y ordenó a la universidad que le entregara el título sin exigir el pago previo.

La Corte consideró que la educación es un derecho y que la universidad no podía negarle la titulación si ya había cumplido con todos los requisitos académicos.

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Sin embargo, la Corte Suprema revisó el caso y revocó esta decisión, fallando a favor de la universidad.

El máximo tribunal determinó que la universidad sí tiene derecho a fijar condiciones para la entrega de títulos y que, si el estudiante tenía una deuda pendiente, la institución podía negarse a titularlo.

Además, la Corte explicó que el recurso de protección no era la vía adecuada para resolver este problema, ya que existen otros mecanismos legales para discutir este tipo de conflictos.

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