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Papito corazón con ingreso de $50 mil y deuda de alimentos desde 2009 intentó anular arresto y arraigo: Corte lo rechazó
Poder Judicial

Papito corazón con ingreso de $50 mil y deuda de alimentos desde 2009 intentó anular arresto y arraigo: Corte lo rechazó

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 29.01.2025
La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de un hombre que intentaba anular sanciones por una deuda de pensión de alimentos. La justicia confirmó que las medidas fueron impuestas conforme a la ley y que el afectado debe resolver su situación en el tribunal de familia.

Un hombre en La Serena fue sancionado con arresto nocturno, prohibición de salir del país e ingreso al Registro de Deudores de Alimentos debido a una deuda de pensión.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, él asegura que no debería pagar nada porque, según un acuerdo de 2014 con la madre de su hijo, la obligación de entregar dinero ya no existía.

Además, argumentó que nunca le avisaron correctamente sobre el cobro de esta deuda y que no tuvo oportunidad de defenderse.

El afectado explicó que su situación económica es complicada: es pensionado por vejez, está sin trabajo y sus ingresos mensuales no superan los 50 mil pesos.

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Por eso, consideró que las sanciones eran injustas y desproporcionadas. Ante esto, presentó un recurso para que la justicia anulara las medidas en su contra.

El tribunal que ordenó las sanciones respondió que el proceso de cobro de la pensión comenzó en 2009, basado en un acuerdo firmado en 1983.

También señaló que el demandado había sido notificado varias veces por correo electrónico y que él mismo entregó sus datos de contacto.

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Además, mencionaron que presentó varias objeciones en el proceso, lo que demostraba que estaba al tanto del caso.

Finalmente, la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó su solicitud. Los jueces indicaron que las sanciones fueron decididas por un tribunal de familia y que el demandado tuvo la posibilidad de defenderse en la instancia correspondiente.

Explicaron que el recurso que presentó no era la vía adecuada para anular las medidas y que, si quería discutir la deuda, debía hacerlo ante el tribunal que lleva su caso.

Con esta decisión, las sanciones siguen vigentes y el hombre deberá buscar otra forma de resolver su situación ante la justicia.

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