Suprema ordena vista de causa de dirigente poblacional secuestrado y torturado en dictadura

Suprema ordena vista de causa de dirigente poblacional secuestrado y torturado en dictadura

Por: Nicole Jimenez | 13.06.2024
La víctima tenía 37 años, era casado y tenía cuatro hijos, y hasta la fecha su cuerpo todavía no ha podido ser encontrado. 

La La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema dejó sin efecto el fallo de la Corte de San Miguel que anuló el fallo de primera instancia que condenaba a tres exuniformados por el delito de secuestro calificado en contra del dirigente poblacional, Vicente Blanco, asesinado en dictadura. 

La víctima tenía 37 años, era casado y tenía cuatro hijos, y hasta la fecha su cuerpo todavía no ha podido ser encontrado. 

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Fue la ministra en Visita Extraordinaria para causas de DD.HH, Marianela Cifuentes, quien sentenció en primera instancia al ex coronel (r) de Carabineros Hugo Medina Leiva y a los ex militares Alfonso Faúndez Norambuena y Jorge Romero Campos, a  la pena de 10 años de presidio.

No conforme con la sentencia, el fiscal a cargo dio cuenta de que la condena "adolecía de errores al no haberse incluido referencias a que se trataría de crímenes de lesa humanidad en la acusación fiscal".

Este antecedente fue considerado por la Corte de Apelaciones de San Miguel, anulando el fallo de primera instancia, y además, ordenando retroceder el proceso para que un nuevo juez dictara sentencia, acto que significaba retrasar la resolución del juicio por un largo periodo.

El veredicto emitido por la Corte no dejó conforme a la parte querellante, procediendo a interponer un recurso de queja ante el máximo tribunal argumentando que la resolución era errónea y contraria al derecho.

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Sin embargo, la Corte Suprema constató que la Corte de San Miguel realizó "una falsa apreciación de los antecedentes que influyó sustancialmente y de modo trascendente en lo decidido". Esto porque los jueces no realizaron la examinación completa de las piezas del procedimiento.

Por lo tanto, se ordena nuevamente la vista de la causa, pero con nuevos ministros, quedando los jueces anteriores inhabilitados para hacerlo.

El abogado querellante del Estudio Caucoto Abogados, Francisco Bustos, expresó su apreciación de lo dictado anteriormente por la Corte: "se trató de una inédita resolución de la Corte de San Miguel que desconociendo los antecedentes del proceso, vulneró diversas obligaciones del Estado generando obstáculos al juzgamiento de delitos de lesa humanidad".

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Los hechos datan del 20 se septiembre de 1973, cuando el dirigente poblacional, Vicente Blanco, fue detenido detenido por Carabineros y trasladado al campo de prisioneros del Cerro Chena, lugar en donde fue torturado.

Lo mantuvieron en ese recinto por cuatro días, para luego trasladarlo al Río Maipo junto a otros prisioneros, en donde fueron todos acribillados y lanzados al caudal.

Frente a la resolución de la Corte Suprema, Bustos manifestó su conformidad, "recibimos con satisfacción esta sentencia, primero porque representa un alivio para nuestros representados". 

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