Corte declara arbitrario traslado a más de 1.200 km de su domicilio a imputado por abuso
Gendarmería y el Juzgado de Garantía de Coquimbo autorizaron el traslado de un imputado de 19 años por los delitos de abuso sexual a menor de 14 años y violación, desde el Centro de Detención Preventiva de Vallenar al Complejo Penitenciario de Arica.
Esta decisión no cayó muy bien en el recluso, quien interpuso un recurso de amparo argumentando, ya que trasladarlo a más de 1.239 kilómetros de distancia de su familia, vulnera el principio de reinserción social, puesto que le provoca un desarraigo familiar y social, en especial con su madre, quien lo visita todas las semanas.
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Es importante destacar que la defensa del recluso y su familia estuvieron de acuerdo con la decisión, ya que sufrió agresiones por parte de otros internos.
Es por esta razón que la Corte de Copiapó acogió el recurso de amparo, argumentando que "la tutela que se pretende ejercer a través de éste arbitrio lo es respecto de una persona privada de libertad, a quien se pretende trasladar a un recinto penal ubicado fuera de la región de Atacama, a más de 1.200 kilómetros de distancia de Copiapó".
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Además, agregan que "de manera que lo mínimamente esperado es que la autoridad penitenciaria –impulsora de la decisión- pueda esclarecer la justificación de la medida, sobre todo cuando existen otros centros penitenciarios más cercanos que pongan bajo menor riesgo el quebrantamiento de los lazos familiares y sociales que la persona privada de libertad pueda mantener actualmente".
Teniendo en consideración lo anterior, la Corte acogió el recurso de amparo en contra del Juzgado de Garantía de Copiapó y de Gendarmería y tomó la decisión de dejar sin efecto la resolución.
Además, solicitó encontrar un recinto penitenciario más próximo a la región de Atacama para su traslado, que cumpla con las condiciones de seguridad y habitabilidad que resulten pertinentes.