Gobierno ingresa indicaciones a Ley Nain-Retamal: Elimina dos artículos más polémicos
Este jueves la Comisión de Seguridad del Senado visó por unanimidad en general el proyecto de ley Naín-Retamal, dejando para el próximo martes la votación en sala de la iniciativa.
En ese contexto, el Gobierno presentó una serie de indicaciones al proyecto con la intención de mejorarlo, atendiendo los cuestionamientos que ha señalado el oficialismo.
Previamente, tanto la ministra del Interior, Carolina Tohá, como el titular de la cartera de Justicia, Luis Cordero, plantearon sus reparos a la iniciativa.
Tohá sostuvo que se debe evitar que con esta ley se promueva el “gatillo fácil”, en referencia al artículo que consagra el principio de “legítima defensa privilegiada”.
En tanto, Cordero afirmó que las normas aprobadas en la Cámara son “defectuosas” y que “generan condiciones de riesgo no solo para la policía, sino que también para ciudadanos”.
Eliminación de artículos polémicos
En atención a estos elementos, en la tarde de este jueves el Gobierno, a través de la Secretaria General de la Presidencia , ingresó una serie de indicaciones que modifica el cuerpo de la ley que busca fortalecer y proteger el ejercicio de la función policial.
Estas, en busca de eliminar los artículos que levantan mayor controversia y generar un control del uso de armas de servicio por parte de los funcionarios de las distintas ramas de la policía.
La primera indicación contempla reemplazar el artículo 1 del proyecto, que enmarca los delitos en la siguiente definición: “Aquellos delitos en los que haya atentado contra la integridad física de funcionarios, en razón de su cargo, de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones y Gendarmería de Chile”.
En cambio, de aprobarse la indicación, la definición pasaría a ser: “Delitos de lesiones graves, mutilaciones u homicidios” hacia funcionarios policiales.
Dicha modificación atiende a la complejidad de demostrar en un juicio que un crimen contra un carabinero se perpetró por su condición de funcionario policial.
Asimismo, respecto al uso de armas, se establece en las indicaciones que “se entenderá que hubo necesidad racional en su uso si se hace para impedir o tartar de impedir la consumación de delitos que atenten contra su vida o gravemente contra su integridad física”.
En ese sentido, el artículo que busca introducir el Ejecutivo consigna que “no obstante, los Tribunales, según las circunstancias y si éstas demostraren que no había necesidad racional de usar las armas en toda la extensión que aparezca, podrán considerar esta circunstancia como simplemente atenuante a la responsabilidad y rebajar la pena en su virtud en uno, dos o tres grados”.
Según menciona el documento, este estatuto se implementaría tanto para Carabineros, como para la PDI.