Qué dice la ley que asegura el transporte público en el Plebiscito y días de elecciones
El Diario Oficial publicó este martes la ley que asegura el funcionamiento del transporte público en días de elecciones, y en la jornada del Plebiscito de Salida a realizarse el próximo 4 de septiembre.
La medida consiste en que durante los días en que se desarrollen procesos eleccionarios todas las empresas que prestan servicios a la red de transporte público deberán funcionar a máxima capacidad.
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La ley modifica parte del artículo 38 del Código del Trabajo sobre descanso dominical y señala que “tampoco se aplicará a las trabajadoras y a los trabajadores contratados en los servicios de transporte público, urbano o rural durante los meses en que se desarrollen elecciones populares o plebiscitos”.
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Sin embargo, de la misma forma, el texto jurídico publicado en el Diario Oficial durante la tarde este martes, mandata a las empresas de transporte a otorgar días compensatorios para las y los conductores que trabajen en días de elecciones.
“En estos casos, las empresas deberán otorgarles descansos compensatorios en uno o más domingos del mes calendario anterior o siguiente a aquel en que se verifiquen las referencias elecciones o plebiscitos”, se lee en el escrito.
La medida fue valorada por el subsecretario del Trabajo, Giorgio Boccardo, en su cuenta personal de Twitter: “Esto nos permite avanzar y promover la participación cívica con respeto a los derecho laborales”.