¿Qué son las mutualidades y cómo aportan a la discusión sobre seguridad social en la CC?

¿Qué son las mutualidades y cómo aportan a la discusión sobre seguridad social en la CC?

Por: El Desconcierto | 30.09.2021
Chile vive un momento histórico, por primera vez en nuestro país 155 constituyentes elegidos serán los encargados de redactar una nueva Constitución. Uno de los temas más importantes para la ciudadanía en la nueva Carta Magna es la Seguridad Social.

Bajo el marco de la actual Constitución se crearon las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES), y la Administradora de Fondos de Cesantía para el seguro de desempleo (AFC). Todas ellas, entidades que poseen fin de lucro, el que no forma parte de los principios que son internacionalmente reconocidos como organizadores de la Seguridad Social. 

Para aportar a la discusión acerca del sistema de Seguridad Social que queremos establecer para el Chile del futuro, es importante entender cómo funcionan ciertas institucionalidades que actualmente forman parte del sistema de Seguridad Social.  Estas instituciones pueden dar luces de qué énfasis debemos señalar con el fin de construir una mejor sociedad, en este caso, es interesante mirar la Seguridad y Salud en el Trabajo y el sistema de mutualidades, instituciones que son poco conocidas, pero con elementos importantes que la diferencian de otras instituciones.

El modelo de mutualidades, previo a la Constitución del 80’, y que logró mantenerse a pesar de las reformas neoliberales, mantiene sus principales componentes desde que se estableció el seguro obligatorio para accidentes y enfermedades del trabajo en el año 1968. 

Lo primero que debemos tener claro es que una mutualidad es un organismo sin fines de lucro, cuyo rol es administrar el seguro obligatorio de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley 16.744), su principal objetivo es cuidar y proteger a los trabajadores y trabajadoras a través de programas de prevención de riesgos y capacitaciones, otorgarles cobertura de salud especializada y compensaciones económicas asociadas a accidentes de trabajo, de trayecto y enfermedades profesionales. 

Con el objetivo de prevenir, las mutualidades brindan asesoría técnica en seguridad y salud en el trabajo, higiene ocupacional; y apoyo en riesgos sicosociales. En cuanto a prestaciones en salud entrega el 100% de cobertura en caso que un trabajador sufra un accidente o enfermedad profesional hasta su completa reincorporación al trabajo y en lo económico, estas compensan el sueldo del trabajador pagando de forma íntegra su licencia médica desde el primer día, sin los 3 días de carencia, y antes de 30 días. En caso que sea más grave se consideran indemnizaciones y pensiones según corresponda. 

Su cobertura es universal y solidaria para todos, sin importar el sueldo, nivel de estudios o lugar de residencia. Las Mutualidades protegen a todos los trabajadores dependientes, indistintamente de las labores o tarea que desempeñen, sean manuales o intelectuales. Tampoco consideran el tamaño de la empresa, el rubro, si es pública o privada, si es una ONG o si tiene fines de lucro o no. Los trabajadores de casa particular y colaboradores temporales también tienen cobertura; lo mismo ocurre con los funcionarios públicos de la administración civil del Estado, municipalidades, y de instituciones administrativamente descentralizadas del Estado.

Actualmente son cuatro entidades que administran el Seguro obligatorio de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales. Tres de ellas son de carácter privado sin fines de lucro (Achs, Mutual de Seguridad e IST) y una de ellas estatal (Instituto de Seguridad Laboral). 

Si vamos un poco más allá de los servicios y prestaciones que entregan las diferentes mutualidades, podemos ver una configuración en su funcionamiento que resulta importante destacar, nos referimos a ciertos atributos que articulan los sistemas de seguridad social en el mundo, los que se basan en principios como la universalidad, solidaridad y sin fines de lucro; tres elementos estructurales que tiene una particularidad en el modelo chileno, pues son entregados por instituciones de derecho privado y no por el Estado.

 

Así, las Mutualidades se distinguen de las entidades surgidas de manera posterior a la actual Constitución, porque deben reinvertir todas sus utilidades en el objetivo para el que fueron creadas y la cobertura que entregan es igual para todos los afiliados sin importar su contribución al sistema

 

Esto nos lleva a reflexionar que sea cual sea el modelo de entrega de prestaciones sociales, ya sea público o privado, debe considerar elementos sociales transversales para cumplir con su rol en un nuevo sistema de Seguridad Social para Chile y que los componentes que configuran el funcionamiento de las mutualidades deben ser una guía fundamental en la discusión que sostendrá la Asamblea Constituyente.