Segundo retiro del 10% podrá pedirse desde el jueves: Si no hay problemas, dinero llega antes de Navidad
Luego de un largo proceso legislativo, este jueves 10 de diciembre será el día en que los afiliados a las AFP puedan hacer la solicitud para el segundo retiro del 10% de su dinero en los fondos de pensiones.
Tras el retraso en la aparición del Diario Oficial, el proyecto del gobierno de Sebastián Piñera permitirá que a las 09:00 horas comience dicho proceso, que se espera no tenga los problemas que tuvo el primer retiro.
El proceso será sólo vía Internet en sus primeros días, con el fin de evitar grandes aglomeraciones y los contagios de coronavirus, para lo cual cada AFP habilitará una sección especial para estos fines en sus páginas web respectivas.
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Con esto, los 10 días hábiles que contempla la ley se cumplirían este 24 de diciembre, en víspera de Navidad, aunque el gerente de las aseguradoras, Fernando Larraín, no descarta que algunos pagos se realicen antes de esa fecha.
¿Cuál es el monto que se puede retirar?
Tal como el primer retiro, el dinero no podrá exceder de 150 UF ($4,3 millones), ni ser inferior a 35 UF ($1 millón), siempre que los saldos acumulados en la cuenta así lo permitan.
En el caso de que los fondos sean menores a lo recién mencionado, el afiliado podrá retirar la totalidad de los recursos de su cuenta de capitalización individual.
Serán dos cuotas, pero quienes tramiten el retiro de 35 UF o menos, accederán a un pago único.
¿Hay personas que no podrán optar al segundo retiro?
Sí. Para evitar lo sucedido en el proceso anterior, en este proyecto quedaron fuera las personas cuyas rentas o remuneraciones se regulen de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 bis de la Constitución Política de la República y que afecta a las altas autoridades, esto es el Presidente, ministros, subsecretarios y parlamentarios, entre otros.
¿Quiénes deben pagar impuestos?
El proyecto de Sebastián Piñera establecía que todos debían pagar impuestos, pero luego de los trámites legislativos, quedó establecido que sólo lo harán las personas con una renta imponible de 30 Unidades Tributarias Anuales, o sea, $1,5 millones mensuales.
¿Hay que devolver el dinero?
No. Pese a que era una de las intenciones del gobierno, el denominado "autopréstamo" fue rechazado en todas las instancias donde el ministro Ignacio Briones insistió en mantenerlo.
¿Qué pasa con los deudores de pensiones alimenticias?
Aunque el proyecto de Piñera protegía el dinero de quienes deben pensiones de alimentos a sus hijos, con las modificaciones hechas, se mejoró este ítem. Ahora, los jueces de familia podrán autorizar a los demandantes a pedir que el deudor saque sus dineros de los ahorros previsionales para pagar la totalidad o parte de la morosidad por alimentos.
¿Cómo puedo saber si tengo dinero en mi AFP?
Teniendo tu clave de acceso en tu AFP respectiva, puedes verlo en cada una de sus páginas web: