Duro golpe a las inmobiliarias: TC reafirma la ilegalidad de los guetos verticales
La Primera Sala del Tribunal Constitucional (TC) declaró inadmisible el requerimiento que buscaba impugnar el poder legal del contralor, Jorge Bermúdez, quién invalidó los permisos de edificación en la comuna de Estación Central.
Los ministros Iván Aróstica, Juan José Romero, José Ignacio Vásquez, María Pía Silva y el magistrado suplente, Rodrigo Delaveau, tomaron hoy la decisión.
El 26 de junio la Inmobiliaria Placilla SpA presentó la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad. Dicha empresa fue una de las afectadas por la decisión que tomó la entidad fiscalizadora en noviembre de 2018, la que obligó a la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Estación Central a invalidar los permisos de edificación de 49 edificios en la comuna.
Estas construcciones se hicieron conocidas bajo el nombre de "guetos verticales", por el espacio estrecho que hay entre los edificios que alcanzan bastante altura, y además por la gran cantidad de departamentos que hay en cada una de las torrres.
Según la inmobiliaria, la decisión del contralor no estaba dentro de sus competencias, porque supuestamente suplanta el criterio planteado por el director de obras municipales de esa comuna.
Ese requerimiento fue admitido a trámite por el TC el 5 de junio pasado. En esta instancia, además se ordenó la suspensión del procesimiento. Luego, el 7 de agosto, se realizó una audiencia en la que se escucharon los alegatos de ambas partes sobre laadmisibilidad del requerimiento, la cual terminó por ser descartada este martes.
El tribunal, en el fallo definitivo, apuntó a los recursos de protección que fueron presentados en tribunales por la inmobiliarias afectadas y los cuales se vieron suspendidos sus avances con el recurso en el TC.
"Siendo ello relevante a los efectos de delimitar la injerencia que en estos casos cabe al TC, para entrar a resolver un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los preceptos legales impugnados. Porque, atendida la naturaleza y alcance del recurso de protección, es en esta sede donde la autoridad requerida puede ser objetada en su actuar, no solamente por ser ilegal, sino también por ser arbitrario. Extremo este último que allí se estaría ventilando", detalla la resolución.
En conversación con El Desconcierto, el abogado de los vecinos de Estación Central, Gabriel Osorio, dijo que "estamos muy felices con la Sentencia del TC, que declara inadmisible el recurso de inaplicabilidad de las inmobiliarias. Hoy ganaron los vecinos de Estación Central, ganaron aquellos que se están viendo afectados por estas ilegales construcciones".