Fallo de la Corte Suprema ordena a Cencosud pagar indemnización de $50 millones por violación a niño al interior de un supermercado
La Corte Suprema ordenó a Cencosud el pago de una indemnización debido a una violación a un niño, la cual ocurrió al interior de un supermercado Santa Isabel.
A través de un fallo, el máximo tribunal condenó a la empresa a pagar la suma de $50 millones a los demandantes por concepto de daño moral.
En la condena se establece que el 2 de marzo de 2012 el niño "concurrió al Supermercado Santa Isabel, ubicado en calle Joaquín Edwards Bello Nº 10670, esquina de calle Santo Tomás, comuna de La Granja, con el fin de utilizar de utilizar las máquinas de juego ubicadas en su interior, lugar en que perdió su dinero, hecho que fue observado por Paulo Misael Villanueva Figueroa, quien se desempeñaba como guardia de seguridad del supermercado".
Tras esto, el trabajador "abordó al joven y bajo promesa de darle dinero para seguir jugando, lo condujo a un cuarto con puerta metálica, lo intimido con un bastón retráctil y abusando de su superioridad física, accedió a él carnalmente, vía anal, provocándole lesiones".
En el fallo también se establece que "a raíz de este hecho se inició una causa criminal en contra de Villanueva Figueroa, quien resultó condenado en calidad de autor de tal ilícito".
Los demandantes señalaron que Cencosud tenía que responsabilizarse por la situación debido a que la situación ocurrió dentro de uno de sus locales. "Su actuación genera responsabilidad a su respecto, sin que la circunstancia de trabajar para una empresa de seguridad externa la libere de ella, ya que la subcontratista se incorpora al proceso productivo de la principal", afirmaron.
En concreto, Villanueva Figueroa pertenecía a la empresa Schonfield y Alfaro Limitada (Alfa Chile Seguridad), y era jefe de turno en el supermercado Santa Isabel cuando ocurrieron los hechos.