Corte de Apelaciones suspende operaciones de salmonera en el canal Beagle

Corte de Apelaciones suspende operaciones de salmonera en el canal Beagle

Por: El Desconcierto | 24.04.2019
El tribunal dio lugar a la orden de no innovar que implica que la Pesquera Cabo Pilar S.A. debe detener las faenas hasta que no se resuelva el fondo de un recurso de protección que fue presentado la semana pasada.

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas declaró admisible un recurso de protección presentado por la comunidad de Puerto Williams y ordenó a la Pesquera Cabo Pilar S.A. detener sus faenas hasta que se resuelva el fondo de la acción legal.

El recurso fue presentado por Constanza Portus Torres, Gabriela Faraldo Victorica, Jorge Caros Lara y la Fundación Greenpeace Pacífico Sur en contra de la empresa que es titular de las 4 concesiones de salmonicultura otorgadas en el canal Beagle el 2005, por afectar los derechos constitucionales de igualdad ante la ley y de vivir en un medio ambiente libre de contaminación, según consigna La Prensa Austral.

El texto indica que la empresa incurrió "en actos arbitrarios e ilegales, toda vez que ha vulnerado una medida cautelar vigente, de la cual se encontraba en pleno conocimiento”. La precautoria a la que hace referencia fue dispuesta por el Tribunal Arbitral de Osorno que determinó  “la suspensión total de operaciones y de ingreso de peces y de estructuras flotantes, pontones, balsas jaulas o cualquier otro bien mueble respecto de la concesión de acuicultura”.

Según los recurrentes, la comunidad de Puerto Williams fue testigo en las últimas semanas del movimiento y traslado de bienes muebles hacia el sector otorgado y tomaron fotos para respaldar sus acusaciones.

El recurso también solicitó declarar orden de no innovar “mandatando a detener el transporte y movimiento de alevines de salmónidos a las jaulas ilegalmente ingresadas en el canal Beagle, comuna de Cabo de Hornos (…) en atención al grave e irreversible impacto que causa que se introduzcan organismos de especies exóticas en parajes prístinos, que son el sustento de nuestro desarrollo”.

El pasado jueves 18 de abril, la Corte de Apelaciones declaró admisible el recurso de protección deducido; pidio antecedentes al recurrido en el plazo de 6 días hábiles, y dio lugar a la orden de no innovar, lo que implica que Pesquera Cabo Pilar S.A. debe detener las faenas hasta que no se resuelva el fondo del recurso. La empresa fue notificada de esta determinación ese mismo día.