¿Cuál será el destino del Colegio Universitario Inglés?
La Congregación de las Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús, orden religiosa española, en el año 1914 compró a la ciudadana Elizabeth Weber el colegio cuyo nombre se aprecia en el título de esta columna, tradicional institución de enseñanza primaria y secundaria localizada en la esquina de la avenida Andrés Bello con la calle Manuel Montt, comuna de Providencia. Este magnífico bien raíz posee el rol 316-01 del Servicio de Impuestos Internos (SII), emplazándose en un terreno de 11.100 m2 en donde funcionan hasta hoy el colegio y una capilla adosada al anterior.
A raíz de unos indignados twitter y prudentes llamados telefónicos, por parte de apoderados, hemos tomado conocimiento que esa congregación católica ha tomado la decisión de terminar su noble cometido a fines del año en curso pues, por falta de alumnos y otras razones, carecería de sustentabilidad económica la continuidad del colegio.
Los twitteros dicen que este columnista sería el causante de la decisión adoptada por las propietarias de ese establecimiento educacional y como ello dista de la realidad de los hechos, nos permitimos recordar lo que sucedió tiempo atrás con un intento fallido de llevarse a cabo un proyecto inmobiliario en una parte del terreno en donde se emplaza dicho colegio y su capilla.
En efecto, a mediados del año 2012 unos cuantos padres y apoderados de ese colegio nos pidieron que investigara si era posible demoler dicho colegio pues habían escuchado que las religiosas estaban tratando de vendérselo a una inmobiliaria para, previa eliminación del inmueble, se construyeran un par de torres de oficinas de 25 pisos cada una. Se les solicitó a ellos que buscaran en la municipalidad de Providencia ciertos documentos oficiales para examinarlos y con la debida conclusión, se le daría a conocer.
Revisamos el Plan Regulador Comunal (PRC) respectivo y vimos en el cuadro Nº 23 que el colegio y la capilla estaban clasificados como un inmueble de Conservación Histórica y constatamos que el artículo 60º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) dice que cada PRC señalará los terrenos que, por su especial naturaleza y ubicación, no sean edificables, ordenando asimismo que estos predios no se puedan subdividir. También ordena que en cada PRC se señalarán, en un listado, los inmuebles o zonas de Conservación Histórica, destacándose que las edificaciones existentes no podrán ser demolidas o refaccionadas sin previa autorización de la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Vivienda y Urbanismo correspondiente.
Pero durante la administración municipal del coronel retirado del Ejército, Cristián Labbé, algunos avispados funcionarios locales y del gobierno central inventaron que la protección patrimonial se refería solo a la capilla y que, por lo tanto, el colegio no era de Conservación Histórica, razón más que suficiente para que el ansioso Director de Obras Municipales aprobara la resolución de anteproyecto Nº 66/12 del 2 de octubre de 2012, justificando su decisión en una acomodaticia “fe de errata” que aludía al mencionado ardid, la que habían escrito en el PRC los agentes públicos que actuaban como meros promotores inmobiliarios.
Cuando asumió Josefa Errázuriz como alcaldesa se le informó descriptivamente la trampa que se había concebido bajo el mandato de Labbé para posibilitar el derrumbe del colegio y por ende la construcción de esas torres de oficinas. Errázuriz le encomendó a los nuevos funcionarios de su confianza que analizaran el asunto para poder tomar una correcta decisión y para evitar posibles equivocaciones, a la luz de esa mendaz “fe de errata”, trasladó toda la documentación atingente a la Contraloría General de la República, solicitándole un dictamen, el que finalmente ratificó que tanto el colegio como la capilla están protegidos bajo la figura de Conservación Histórica en el PRC de Providencia.
Acto seguido, cuando se conoció ese dictamen vinculante para el municipio, la Congregación religiosa al sentirse afectada, mediante un escrito de un abogado, recurrió ante la Contraloría solicitándole una reconsideración vía una serie de argumentos, todos los cuales, después de un cierto tiempo, fueron desechados por el órgano fiscalizador, quedando de manifiesto entonces que las 2 edificaciones tienen la categoría de Conservación Histórica en el PRC de Providencia.
¿Qué vendrá ahora ?
Si la Congregación no modifica su disposición de impartir enseñanza solo hasta el fin del año 2019, las 2 vetustas y valiosas instalaciones en el predio, a través de unas cuantas mejoras y adecuaciones interiores, podrán ser compradas por una universidad privada, por cualesquiera de las innumerables iglesias evangélicas existentes en el país o por otras instituciones públicas o privadas que deseen tener el privilegio de funcionar en una estructura de baja altura que cuenta con una protección patrimonial que resguarda responsablemente tanto la municipalidad de Providencia como el ministerio de Vivienda y Urbanismo.