martes 28 de julio de 2026

Gobierno de Kast y la falacia de la certeza en las inversiones

En nuestro país el Estado ha desarrollado dos Planes Nacionales de Acción (PAN) sobre Derechos Humanos y Empresas bajo gobiernos de distinto sello político.

28 de julio de 2026 - 11:45

Detrás de la batería transformaciones legislativas impulsada por el gobierno del presidente Kast, hay una idea fuerza reiterativa: establecer reglas claras que otorguen “certeza” a los empresarios para sus inversiones y por esa vía generar crecimiento económico.

Ella se expresa claramente en el mensaje del proyecto de ley de reconstrucción nacional en el que el ejecutivo propone “avanzar en la racionalización de los permisos que hoy paralizan proyectos de inversión sin afectar los estándares de protección que resguardan, e introducir cambios regulatorios orientados a recuperar la certeza jurídica”.

A ello responden muchas de las disposiciones de este proyecto hasta ahora aprobadas por las salas del Senado y de la Camara de Diputados. El ejemplo más claro en este sentido es la invariabilidad tributaria establecida para grandes inversionistas extranjeros con plazos escalonados (10 años para inversiones entre 50 y 100 millones de dólares, 15 años entre 100 y 350 millones, y 20 años sobre 350 millones, a contar de 2027); la adopción del mismo régimen para inversionistas locales, excluido el impuesto global complementario; y la invariabilidad del royalty y de nuevos tributos específicos y de las patentes para los proyectos de exploración y explotación minera.

A ello se agrega la rebaja gradual de la tasa corporativa, acompañada del fin de la obligación de restitución del crédito (del 27 por ciento al 2026 al 23 por ciento a contar del 2029). Lo mismo cabe señalar de las disposiciones referidas a los permisos ambientales, las que acortan plazos y restringen las vías de impugnación de la resolución de calificación ambiental; y aquella que establece un derecho a indemnización por gastos no recuperables cuando una resolución de calificación ambiental sea anulada por sentencia firme.

Esta última se pone como carga del Fisco, y consecuentemente de los contribuyentes, la compensación a un inversionista cuando su proyecto sea anulado por la justicia por no cumplir con los estándares ambientales o sociales establecidos por el ordenamiento jurídico.

En la misma dirección apuntan las indicaciones propuestas por el ejecutivo al proyecto de reforma del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Ellas debilitan las exigencias en la revisión de las resoluciones de calificación ambiental de proyectos de inversión y acortan el listado de actividades sujetas a evaluación.

Pretender que mediante la rebaja de impuesto a las grandes corporaciones y la desregulación ambiental se va a generar certeza, y por esa vía el crecimiento económico, no solo es equivocado, sino que va en contra de las tendencias internacionales y comparadas referidas a la incorporación de estándares de derechos humanos en la actividad de las empresas.

En el ámbito internacional destacan los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos de 2011, los que establecen las obligaciones del Estado de proteger los derechos humanos en el contexto de la actividad empresarial a través de políticas, legislación y supervisión, así como la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos en su actividades. Ello mediante un compromiso explícito con estos derechos, y una debida diligencia que les permita prevenir y evitar los impactos que estas y sus relaciones comerciales puedan causar a estos derechos, y reparar los daños que su actividad pueda provocar.

A quince años de su aprobación, estos Principios han incidido en la aprobación por parte de 36 estados de Planes Nacionales de Acción sobre la materia a nivel global. Además han sido acogidas por las más grandes asociaciones empresariales en el mundo, en ámbitos tan relevantes para el desarrollo económico de Chile como la minería.

A nivel comparado muchos estados han adoptado legislación de debida diligencia empresarial en materia de derechos humanos y medio ambiente. Francia, Alemania, Reino Unido, Noruega, Países Bajos, entre otros países, cuentan con legislación de esta naturaleza. El 2024 la Unión Europea estableció Directrices análogas sobre Debida Diligencia en Materia de Sostenibilidad Corporativa, para garantizar que las empresas identifiquen y aborden los impactos adversos en materia de derechos humanos y medio ambiente derivados de sus acciones dentro y fuera de Europa.

La experiencia de esos países de economías fuertes es que la certeza de las inversiones la otorgan marcos jurídicos y políticas públicas que no solo facilitan la inversión, sino que asegura que dicha inversión sea consistente con los derechos de todos, y que por lo mismo vaya en beneficio de toda la sociedad y no solo de las empresas que las hacen.

En nuestro país el Estado ha desarrollado dos Planes Nacionales de Acción (PAN) sobre Derechos Humanos y Empresas bajo gobiernos de distinto sello político. Aunque lentamente, estos planes han contribuido a generar una política pública en la materia y a orientar el accionar de los órganos y empresas del Estado en el respeto y protección de estos derechos. También han incentivado a algunas empresas privadas ha establecer compromisos y planes de debida diligencia en derechos humanos para abordar los impactos adversos que puedan provocar en ellos.

El gobierno del presidente Boric convocó a un proceso de participación ciudadana para la elaboración de un anteproyecto de ley de debida diligencia empresarial siguiendo la tendencia comparada antes referida. Lamentablemente, dicho proyecto no llegó a ser presentado al Congreso Nacional. También elaboró, mediante un proceso participativo, incluyendo a sociedad civil, academia, gremios empresariales empresas públicas, un tercer Plan Nacional sobre la materia.

La Subsecretaria de Derechos Humanos de la actual administración, hasta la fecha, no ha dado claridad sobre el futuro de dicho Plan, sin dar orientaciones de como abordar la conflictividad socio ambiental que, los propios gremios empresariales reconocen generan sus inversiones. Ello por cierto, en nada contribuye a la certeza de los proyectos de inversión a la que aspira el propio gobierno, y que forma parte del discurso del empresariado chileno.

De aprobarse por el Congreso Nacional, las disposiciones antes referidas del proyecto de ley de reconstrucción nacional y las indicaciones del ejecutivo al proyecto de reforma del SEIA, como todo indica ocurrirá, lejos de lograrse la certeza a la que aspira el gobierno y que es pregonada por el empresariado nacional, estaremos observando con mucha posibilidad la proliferación de una conflictividad aun mayor entre la población y los titulares de proyectos de inversión. Esperamos no sea así.

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Casa en Lo Curro / Crédito: El Quinto Poder

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