Las medidas adelantadas por José Antonio Kast para la Ley de Reconstrucción generaron dudas y alertas entre especialistas en derecho ambiental, esperando revisar el texto concreto para analizarlas en detalle. Específicamente, preocuparon aquellas medidas anunciadas para el tercer eje de la ley, que es la facilitación regulatoria “para que en Chile se vuelva a invertir con fuerza”.
Según declaró Kast, la propuesta de ley establecerá que “si el Estado revoca una calificación ambiental favorable, tendrá que reembolsar los gastos ya invertidos” a las empresas titulares de los proyectos de inversión.
El abogado ambiental y director de la ONG FIMA, Ezio Costa, declara que la propuesta tal y como fue planteada terminaría por “regalar dinero público a proyectos que no cumplen con la ley, cuestión que es bastante impresentable”.
Costa explica que la evaluación y fiscalización ambiental de grandes proyectos genera un costo importante para el Estado que se paga con el dinero de todas y todos los chilenos, y que si no se le cobra a las empresas una tasa que financie esta labor del Estado, tampoco tiene sentido que el Estado les devuelva dinero si se anula su permiso ambiental.
División de poderes
Ariel Espinoza, ex jefe de la dirección jurídica del Ministerio de Medio Ambiente (MMA), declara por su parte que la propuesta sería inconstitucional tal y como fue planteada, ya que cuando un tribunal ambiental deja sin efecto una calificación ambiental favorable, se trata de un procedimiento formal regido bajo principios constitucionales, donde indemnizar al titular del proyecto no es parte de lo ordenado y “rompería la igualdad de trato entre las partes que están en juicio”.
En este punto coincide la directora de la fundación Terram, Flavia Liberona. “Esto podría interpretarse como una forma de inhibir fallos judiciales que le den la razón a quienes están reclamando en una corte y es preocupante porque el Ejecutivo puede estar intercediendo de forma indirecta mediante este mecanismo en la autonomía del poder judicial”, alerta.
Conceptos confusos
El ex directivo del MMA también sostiene que los tribunales no suelen dejar sin efecto una calificación ambiental favorable, a menos que hayan razones de peso relacionadas con incumplimientos de la normativa que ponen en riesgo al medio ambiente.
Además, aclara que es necesario revisar el texto definitivo, ya que para anunciarlo se utilizó el concepto de revocación de la RCA, siendo que este acto solo puede ser invalidado en su plazo legal o dejado sin efecto por los tribunales, que por lo general revierten la evaluación ambiental pero no revocan el permiso. “El anuncio usa conceptos que tienen un sentido jurídico preciso, pero los usa de manera errada y no permite una comprensión legal del alcance de las medidas”, explica.
Propuestas duplicadas en proyecto de Kast
En el mismo eje sobre flexibilidad regulatoria, Kast mencionó otras dos propuestas: reducir de dos años a seis meses el plazo para invalidar permisos ambientales ya otorgados, y entregar más poder al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) para que filtre observaciones que le hacen otros organismos sectoriales a proyectos de inversión con impacto ambiental.
Espinoza aclara que estas dos medidas, anunciadas como innovaciones del proyecto, ya se están tramitando en mayor o menor medida en el proyecto de reforma al SEIA que modifica la ley 19.300. A este proyecto se le dio discusión inmediata y fue aprobado en la sala del Senado, quedando listo para comenzar su segundo trámite constitucional en Diputados.
Reforma al SEIA
El proyecto de reforma al SEIA también acumula críticas por parte del mundo ambiental, que en un inicio veía al instrumento como una oportunidad para mejorar y hacer más eficiente la evaluación ambiental de proyectos.
En esta reforma “tal como viene del Senado atenta contra garantías constitucionales como el derecho a la salud, el medio ambiente libre de contaminación e incluso la certeza jurídica de la propiedad, además de los principios preventivo, precautorio y de no regresión”, sostiene la especialista en políticas ambientales Pamela Poo.
Burocracia o eficiencia
Al iniciar la presentación del tercer eje del proyecto de Ley de Reconstrucción, Kast apuntó al aumento en los plazos para que un proyecto se evalúe y apruebe en el país. Según los datos del mismo Servicio de Evaluación Ambiental, el Estado cumple siempre con los plazos reglamentarios mientras que los titulares de los proyectos piden aumentos de plazo cada vez mayores para responder a las observaciones de la ciudadanía y los servicios públicos.
Sobre esto se ha generado un debate entre quienes creen que este aumento de plazos se da porque las observaciones son excesivas, mientras que autoridades estatales de la administración anterior, como la ex ministra Maisa Rojas, han declarado que los proyectos se presentan muchas veces con estudios de impacto ambiental deficientes que no permiten evaluar el real impacto que tendrán en los ecosistemas, la salud de las personas y en la seguridad futura de la infraestructura del propio proyecto.
“Es preocupante la forma en que se aborda la evaluación ambiental, toda vez que el servicio fue creado para que los proyectos resulten lo mejor posible. Si uno mira las estadísticas, las extensiones de plazo las piden los titulares para responder observaciones, por lo que en este proyecto de ley se debería apuntar a un control más eficaz en el ingreso de los proyectos al SEIA, para que entren con información completa sobre los impactos ambientales y así se demoren menos en el proceso de evaluación”, propone Flavia Liberona.