La amenaza de un enorme socavón que quedó a pocos centímetros de una vivienda en Chiguayante terminó con un fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción, que acogió un recurso de protección y ordenó al Serviu y a la Dirección de Obras Hidráulicas coordinar medidas urgentes para eliminar el riesgo y reparar el sistema de aguas lluvias.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el caso se originó tras las intensas lluvias del invierno de 2025, cuando colapsó un ducto colector de aguas lluvias ubicado junto al inmueble del recurrente.
El derrumbe generó un socavón de aproximadamente 10 metros de ancho por 30 metros de profundidad, muy cerca del deslinde de la propiedad. Meses después, en marzo de 2026, la situación empeoró con un nuevo colapso.
Según los antecedentes del proceso, el propietario solicitó que se ejecutaran obras de reparación y contención del talud. Sin embargo, el Serviu respondió que cualquier intervención dependía primero de que el afectado constituyera una servidumbre a favor del organismo.
Al mismo tiempo, el servicio sostuvo que la infraestructura correspondía a una red primaria cuya administración recaía en el Ministerio de Obras Públicas.
Durante la tramitación de la causa, la Dirección de Obras Hidráulicas descartó esa interpretación y concluyó que el colector no formaba parte de la red primaria, por lo que su administración correspondía al Serviu como parte de la red secundaria.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
Al acoger el recurso, la Corte estimó que ambas instituciones reconocieron el deterioro, pero ninguna adoptó medidas eficaces para enfrentar el peligro.
El fallo sostuvo que los conflictos sobre competencias entre organismos públicos no pueden trasladarse a los ciudadanos cuando existe un riesgo para sus derechos.
La sentencia agregó que resulta "a todas luces inaceptable" que el Serviu condicionara la reparación urgente de una infraestructura pública a que el vecino realizara previamente los trámites para constituir una servidumbre.
Asimismo, afirmó que "ninguna de las instituciones del Estado puede desconocer la responsabilidad que le cabe frente a una emergencia de infraestructura urbana".
Por ello, la Corte ordenó al Serviu y a la Dirección de Obras Hidráulicas que, dentro de diez días desde que el fallo quede firme, coordinen las acciones necesarias para eliminar el riesgo, ejecutar las obras urgentes e informar conjuntamente el cronograma y las responsabilidades de cada organismo.