jueves 02 de julio de 2026
Nacional

Querella contra Sebastián Eyzaguirre y miembros de La Cofradía por presuntas injurias graves

El abogado Rodrigo Rettig presentó la acción ante el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago por presuntas injurias graves con publicidad contra Sebastián Eyzaguirre.

2 de julio de 2026 - 14:05

Una querella contra Sebastián Eyzaguirre y otros integrantes del canal de YouTube La Cofradía fue presentada ante el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, luego que el abogado Rodrigo Rettig acusara a los participantes del programa de cometer el delito de injurias graves con publicidad durante una de sus transmisiones.

Según informó Contrapoder Chile, la acción judicial fue ingresada el 26 de junio y también se dirige contra Emiliano Fernández, Ítalo Omegna y Fernando Ortiz, quienes participaron en la emisión cuestionada.

Querella contra Sebastián Eyzaguirre: qué hechos denuncia la acción judicial

De acuerdo con la querella, los hechos ocurrieron el 25 de mayo de 2026, durante una transmisión del canal La Cofradía en YouTube.

Según consignó el medio, los querellados reprodujeron un video publicado previamente por Rodrigo Rettig en sus redes sociales, donde explicaba el concepto de “iliberalismo” utilizando una pizarra.

Tras reproducir ese registro, sostiene la acción penal, Sebastián Eyzaguirre, Emiliano Fernández, Ítalo Omegna y Fernando Ortíz habrían realizado durante varios minutos una serie de insultos, burlas y descalificaciones personales dirigidas contra el abogado.

El escrito judicial afirma que no se trató de expresiones aisladas, sino de una sucesión de comentarios ofensivos pronunciados de manera continua y coordinada, incluyendo calificativos de grueso calibre, además de otras expresiones que, según la querella, buscaron afectar la honra del querellante.

Rodrigo Rettig: "No está en discusión la libertad de expresión"

En declaraciones publicadas por Contrapoder Chile, Rodrigo Rettig sostuvo que la querella contra Sebastián Eyzaguirre y los miembros de La Cofradía no pretende restringir la libertad de expresión ni impedir la crítica política.

El abogado señaló que el punto central del caso es determinar si existe un límite cuando un programa con miles de espectadores deja de debatir ideas y reemplaza los argumentos por la humillación y el insulto personal.

"Será el tribunal quien resuelva esa pregunta. Mi convicción es que la libertad de expresión protege las ideas, pero no ampara el escarnio personal como modelo de comunicación". (Rodrigo Rettig).

Octavo Juzgado de Garantía de Santiago aún no resuelve la admisibilidad

Hasta el cierre del artículo, el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago aún no resolvía la admisibilidad de la querella, por lo que la acción judicial permanece en etapa de revisión antes de que el tribunal determine si dará curso a su tramitación.

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