Municipio autorizó eventos y cortes de calles que complicaban acceso médico a niña electrodependiente: Ordenan garantizar acceso
Una niña con daño neurológico severo, discapacidad del 90% y dependencia tecnológica motivó una acción judicial luego de que su familia denunciara que eventos masivos autorizados cerca de su casa dificultaban el acceso de ambulancias y personal médico.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la menor vive en Antofagasta y se encuentra con hospitalización domiciliaria permanente.
Según el recurso presentado por su padre ante la Corte de Apelaciones, la niña requiere atención médica continua las 24 horas y depende de equipos de oxígeno y ventilación mecánica, por lo que el ingreso expedito de personal clínico resulta esencial para su supervivencia.
El padre denunció que la Municipalidad de Antofagasta autorizó la realización de bailes religiosos y eventos masivos en las cercanías de su domicilio, ubicado en calle Miraflores.
Estas actividades implicaron cierres parciales o totales de calles, restricciones de tránsito y uso de amplificación sonora durante varios días.
A su juicio, estas medidas ponían en riesgo la vida de su hija, ya que podían impedir o retrasar el ingreso de ambulancias y equipos médicos ante una eventual emergencia.
Por ello solicitó que se suspendieran los eventos o, al menos, que se garantizaran condiciones especiales de acceso.
La municipalidad, en su defensa, sostuvo que la autorización para la suspensión de tránsito fue otorgada por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones mediante una resolución administrativa, y que el municipio no había recibido un reclamo formal previo sobre la situación de salud de la menor.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta analizó el caso y concluyó que, aunque no se acreditó una interrupción efectiva del acceso médico, sí existía una amenaza real al derecho a la vida y a la salud de la menor, considerando su condición de electrodependencia y hospitalización domiciliaria.
El tribunal indicó que, frente a personas en condiciones de extrema vulnerabilidad, las autoridades deben adoptar medidas preventivas que aseguren el acceso oportuno a servicios de emergencia.
Por esta razón, la Corte acogió el recurso de protección y ordenó a la Municipalidad de Antofagasta adoptar medidas para garantizar en el futuro el acceso permanente y sin restricciones de ambulancias, personal clínico y servicios de emergencia al domicilio de la menor.
Además, deberá coordinar medidas de mitigación antes de autorizar eventos masivos en el sector y evitar actividades que bloqueen completamente el acceso al inmueble mientras se mantenga la hospitalización domiciliaria.