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Isapre le negó tratamiento tras 24 años y cambió criterio sin explicación exponiéndolo a riesgo vital: Corte ordena reevaluar
Agencia Uno

Isapre le negó tratamiento tras 24 años y cambió criterio sin explicación exponiéndolo a riesgo vital: Corte ordena reevaluar

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 10.02.2026
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección contra Isapre Banmédica por rechazar la entrega del medicamento Factor VIII a un paciente con hemofilia A severa, y ordenó reevaluar la solicitud tras 24 años de provisión continua.

Durante 24 años, un paciente con hemofilia A severa recibió de manera continua el medicamento Factor VIII Antihemofílico, tratamiento esencial para una enfermedad hereditaria y crónica que afecta la coagulación de la sangre.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la entrega mensual del fármaco le permitía contar con dosis disponibles para su autoadministración inmediata ante cualquier hemorragia, evitando riesgos graves para su salud y su vida.

Ese esquema se interrumpió a fines de septiembre de 2025. El día 30 de ese mes, el afiliado solicitó la provisión correspondiente a octubre, acompañando la receta médica y señalando que se encontraba en un proceso de rehabilitación kinesiológica postquirúrgica, además de mantener tratamiento de mantención por hemartrosis crónicas.

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Sin embargo, el 3 de octubre fue informado telefónicamente por el call center de Isapre Banmédica que la solicitud había sido rechazada por su Contraloría Médica, bajo el argumento de que no se encontraba cursando un “proceso agudo” de la enfermedad.

Ante esta negativa, el afectado recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago, sosteniendo que la isapre modificó de forma unilateral un criterio de cobertura que había mantenido durante 24 años, sin entregar una justificación clara ni fundada.

A su juicio, la decisión lo exponía a riesgos graves para su vida e integridad física y psíquica, además de desconocer un derecho adquirido derivado de la cobertura histórica de su contrato de salud.

Al revisar los antecedentes, el tribunal advirtió que la comunicación de rechazo se limitó a señalar que el paciente no cumplía los criterios de acceso al medicamento, sin explicar por qué, tras 24 años de provisión ininterrumpida, se dejaba sin efecto la entrega mensual del Factor VIII.

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No se indicó ningún hecho nuevo ni antecedente médico objetivo que justificara ese cambio de criterio.

En ese contexto, la Corte concluyó que la decisión carecía de fundamentación suficiente y resultaba arbitraria.

Por ello, acogió el recurso de protección y ordenó a Isapre Banmédica evaluar nuevamente la solicitud y dictar de inmediato un pronunciamiento fundado y objetivo, teniendo especialmente presente la gravedad de la patología y el hecho de que el medicamento había sido entregado al afiliado durante 24 años.

La resolución fue dictada sin condena en costas.

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