Retraso por años en entrega de viviendas afectó a 268 compradores: Inmobiliaria deberá pagarles $350 mil por cada mes de atraso
El conflicto se arrastró por años en Valdivia y tuvo como eje el proyecto habitacional Villa Galilea II, donde cientos de familias firmaron contratos de promesa de compraventa para acceder a una vivienda, pero vieron cómo el tiempo transcurría sin que se concretara la entrega ni la suscripción de los contratos definitivos.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, los retrasos implicaron gastos adicionales, arriendos prolongados y una incertidumbre que se extendió mucho más allá de los plazos originalmente pactados.
La inmobiliaria Galilea S.A. Ingeniería y Construcción atribuyó las demoras a fiscalizaciones ambientales, exigencias sanitarias, el estallido social de 2019 y la pandemia por Covid-19.
Sin embargo, el tribunal estableció que esos hechos ocurrieron cuando la empresa ya se encontraba en mora y que, además, parte relevante de los retrasos se originó en una falta de previsión y diligencia exigible a un proveedor profesional con amplia experiencia en el rubro inmobiliario.
Durante el juicio se acreditó que Galilea no adoptó oportunamente las medidas necesarias para cumplir con las exigencias ambientales y sanitarias ni implementó acciones eficaces para recuperar el tiempo perdido.
Ese actuar derivó en un incumplimiento de la obligación principal asumida en las promesas de compraventa, afectando a 268 consumidores, algunos de los cuales resciliaron sus contratos, mientras otros continuaron esperando la concreción de la compraventa.
A raíz de estos hechos, el Servicio Nacional del Consumidor demandó a la empresa por infracciones a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores, acusando falta de información veraz y oportuna y el incumplimiento de las condiciones ofrecidas.
En primera instancia, el Primer Juzgado Civil de Valdivia rechazó el cumplimiento forzado y la indemnización moratoria, decisión que fue revisada por la Corte de Apelaciones de Valdivia.
En su fallo, el tribunal de alzada descartó la existencia de caso fortuito que eximiera de responsabilidad a la inmobiliaria y concluyó que los retrasos eran imputables a su gestión.
En consecuencia, ordenó el cumplimiento forzado de la promesa respecto de los consumidores que aún no habían celebrado el contrato definitivo y condenó a Galilea al pago de una indemnización moratoria equivalente a 8,9 unidades de fomento por cada mes de atraso.
Considerando el valor informado de la UF —39.726,59 pesos—, dicho monto corresponde aproximadamente a $353.567 mensuales por consumidor, suma que deberá liquidarse individualmente en la etapa de ejecución del fallo.