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Incendios forestales: Conoce las penas de cárcel que arriesgan empresas por elevar precios de productos en Estado de Catástrofe

Con el Estado de Excepción de Catástrofe vigente por los incendios forestales, el Sernac recordó que las empresas no pueden subir precios, acaparar productos esenciales ni vender alimentos riesgosos, advirtiendo que estas conductas constituyen delito y pueden derivar en sanciones penales.
Por Nicole Donoso 19 de enero de 2026 - 00:00

En medio de la emergencia por los incendios forestales que afectan a las regiones de Ñuble y Biobío, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) reforzó el llamado a las empresas a respetar la Ley del Consumidor y evitar cualquier práctica abusiva que perjudique a la población.

El organismo recordó que el Estado de Excepción de Catástrofe se encuentra vigente en ambas regiones, lo que permite perseguir y sancionar con mayor rigor conductas de engaño o error en productos y servicios.

¿Cuáles son las sanciones por conductas abusivas?

Desde 2023, el Código Penal considera como un delito las siguientes prácticas durante un Estado de Execepción de Catástrofe:

En ese sentido, quienes incumplan la normativa se exponen a una condena de presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a 3 años).

El Director Regional del Sernac de Ñuble, Félix Mercado, reitero el llamado a respetar las normas y actuar de buena fe.

"El llamado a las empresas es a no obtener provechos ilegítimos a partir de esta tragedia que afecta a los habitantes de la región, y a ser especialmente diligentes y profesionales en la comercialización de bienes y servicios, considerando que los incendios han afectado gravemente a miles de familias".

¿Cómo denuncia manipulación de precios durante Estado de Catástrofe?

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