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Banco bloqueó pago de dividendos a cliente para forzar cobro de otras deudas: Suprema ordena permitir pagos separados
Agencia Uno

Banco bloqueó pago de dividendos a cliente para forzar cobro de otras deudas: Suprema ordena permitir pagos separados

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 26.11.2025
La Corte Suprema acogió el recurso de protección contra Scotiabank por impedir el pago de dividendos hipotecarios y activar la aceleración de la deuda, calificando como ilegal y arbitrario el bloqueo del sistema y ordenando permitir el pago separado de cada obligación.

A comienzos de marzo de 2025, un deudor que mantenía dos créditos hipotecarios contratados en 2017 con Scotiabank acudió a pagar sus dividendos de forma presencial, como venía haciéndolo desde que cerró su cuenta corriente por problemas económicos.

Sin embargo y según se puede apreciar en el fallo judicial, ese día la cajera le devolvió el dinero: el sistema aparecía bloqueado por supuestas acciones judiciales pendientes.

Volvió al día siguiente y ocurrió lo mismo. Él alegó que nunca había sido notificado de un juicio y que venía pagando puntual, por lo que el bloqueo le impedía cumplir sus obligaciones y lo dejaba expuesto a la aplicación de la cláusula de aceleración y, con ello, al riesgo de perder los inmuebles hipotecados.

Ante esta situación, presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

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El tribunal de primera instancia —integrado por el ministro Omar Antonio Astudillo Contreras, la ministra suplente Paula Victoria Rodríguez Fondon y el abogado integrante Cristian Gonzalo Parada Bustamante— rechazó la acción.

Sostuvo que se trataba de un conflicto contractual relacionado con la eventual aplicación de la cláusula de aceleración y con un proceso ejecutivo iniciado por el banco por deudas distintas: dos pagarés por $1.747.123 y $4.376.496.

Para la Corte, no existía un derecho indubitado que pudiera ser protegido a través de esta vía constitucional.

El deudor apeló y el caso llegó a la Corte Suprema. La Tercera Sala —compuesta por Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus, Diego Simpértigue y los abogados integrantes María Angélica Benavides y José Valdivia— revirtió lo resuelto por la Corte de Santiago.

Tras revisar los antecedentes, el máximo tribunal señaló que la existencia de un proceso de cobranza, incluso uno en trámite de notificación, no habilita al banco para impedir que su cliente pague los dividendos de un crédito hipotecario vigente.

La Corte citó los artículos 1594 y 1596 del Código Civil, recordando que cuando existen varias deudas entre un mismo deudor y acreedor, cada una puede pagarse separadamente y el deudor puede imputar el pago a la deuda que elija.

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En ese sentido afirmó que “la negativa que mantiene el banco de no permitir el pago de dividendos hipotecarios por parte del deudor es un acto ilegal (…) y también arbitrario, pues no es razonable que no quiera percibir el pago parcial de la deuda de la que es titular”.

El fallo agregó que Scotiabank utilizó el bloqueo del sistema como una forma de presionar la solución de otras deudas ajenas al crédito hipotecario, configurando un “impedimento ilegítimo del pago” que expone al deudor “a la eventual pérdida del inmueble que lo garantiza”, a pesar de que la morosidad alegada por el banco “dice relación con operaciones diferentes” .

En consecuencia, el máximo tribunal acogió el recurso y ordenó al Banco Scotiabank permitir el pago separado e independiente de cada acreencia.

Además, se dejó constancia de la prevención del abogado integrante José Valdivia, quien precisó que el acogimiento opera mientras el deudor no incurra en nueva morosidad y siempre respetando las condiciones pactadas en los créditos hipotecarios.

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