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Familia instaló vivienda bajo línea de alta tensión en La Serena: Suprema ordena desalojo por riesgo eléctrico
Agencia Uno

Familia instaló vivienda bajo línea de alta tensión en La Serena: Suprema ordena desalojo por riesgo eléctrico

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 11.11.2025
La Corte Suprema ordenó desalojar una vivienda construida bajo una servidumbre eléctrica, al declarar ilegal y arbitraria la ocupación que impedía labores de mantención y ponía en riesgo la vida de sus ocupantes. El fallo dispuso medidas de resguardo social durante el desalojo.

Una familia instaló su vivienda bajo una línea de transmisión eléctrica perteneciente a una empresa concesionaria, impidiendo las labores de mantención y generando riesgo por la cercanía a torres de alta tensión.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la compañía interpuso un recurso de protección, alegando que la ocupación ilegal vulneraba su derecho de propiedad sobre la servidumbre eléctrica.

La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó la acción, considerando que se presentó fuera de plazo y que el conflicto debía resolverse en un juicio ordinario.

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El caso llegó a la Corte Suprema, que revocó el fallo y acogió el recurso. El máximo tribunal determinó que la ocupación del terreno constituía “un acto ilegal y arbitrario, por cuanto perturba el legítimo derecho que tiene Interchile SpA a ocupar esa franja de terreno (…) todo lo cual vulnera el derecho de propiedad que tiene la recurrente sobre su derecho de servidumbre”.

La sentencia también aclaró que la acción no era extemporánea, ya que la empresa tomó conocimiento del hecho tiempo después de su ocurrencia, y estableció que los ocupantes participaron del acto al celebrar contratos de promesa sobre el terreno.

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El fallo recordó que los artículos 56 y 57 de la Ley General de Servicios Eléctricos prohíben realizar construcciones u obras dentro de una servidumbre que impidan el ejercicio de los derechos del titular, e indicó que la instalación de una vivienda en esa franja vulnera esa normativa y pone en peligro la vida e integridad de los ocupantes.

La Corte Suprema ordenó el desalojo del inmueble en un plazo de dos meses, con auxilio de la fuerza pública si fuera necesario, y dispuso que el procedimiento se ejecute con medidas de resguardo social para los afectados, en coordinación con las autoridades competentes.

Asimismo, remitió los antecedentes al Ministerio Público para las investigaciones correspondientes.

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