La mujer salió de la casa de su hermana para asistir a misa cuando sufrió una violenta caída en una vereda de San Javier que tenía un hoyo sin señalizar. La Corte Suprema confirmó que la municipalidad deberá indemnizarla con más de $25,9 millones por las lesiones y secuelas que le dejó el accidente.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el hecho ocurrió el 24 de febrero de 2019, cuando la afectada caminaba por calle Sargento Aldea.
Al pasar frente a un inmueble, su pie quedó atrapado en un desnivel provocado por la falta de una palmeta en la acera, lo que la hizo caer de manera violenta contra el pavimento.
A raíz del impacto sufrió una fractura de húmero, heridas en el rostro y diversas contusiones que obligaron a su hospitalización, una cirugía y un extenso proceso de rehabilitación.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
En primera instancia, el Juzgado de Letras de San Javier rechazó la demanda. Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Talca revocó esa decisión y acogió la acción indemnizatoria, condenando a la Municipalidad de San Javier al pago de $20.000.000 por daño moral y $5.921.347 por daño emergente.
Posteriormente, el municipio recurrió de casación ante la Corte Suprema, buscando revertir esa sentencia.
La Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por las ministras Adelita Ravanales y Eliana Quezada (s), el ministro Jean Pierre Matus y las abogadas integrantes Pía Tavolari y Andrea Ruiz, rechazó el recurso y confirmó que existió falta de servicio por parte del municipio.
¿Y qué dijo la Corte Suprema?
El fallo establece que la caída fue consecuencia directa del mal estado de la acera y de la inexistencia de señalización que advirtiera el riesgo a los peatones.
Además, recordó que las municipalidades tienen la obligación legal de mantener las vías públicas en condiciones seguras para evitar accidentes.
La sentencia también descartó los argumentos del municipio respecto de la valoración de la prueba. La Corte sostuvo que los jueces de la instancia acreditaron correctamente tanto la falta de servicio como el daño sufrido por la demandante y que el recurso solo pretendía modificar hechos ya establecidos durante el juicio, cuestión que no corresponde revisar en esta etapa procesal.
Al mantener la condena, el máximo tribunal confirmó el pago de $20.000.000 por daño moral, considerando no solo las lesiones físicas, sino también el largo proceso de recuperación, la pérdida de autonomía y el cuadro de depresión leve que sufrió la afectada.
A ello se suman $5.921.347 por los gastos médicos, hospitalarios, de rehabilitación y medicamentos que debió asumir tras el accidente, totalizando una indemnización de $25.921.347.