Súmate a nuestro canal en: WhatsApp
Fue a juicio por vendedor ambulante que comercializaba lo mismo que él y frente a su local: Corte ordena a Municipalidad reubicarlo
Agencia Uno

Fue a juicio por vendedor ambulante que comercializaba lo mismo que él y frente a su local: Corte ordena a Municipalidad reubicarlo

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 26.09.2025
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de un comerciante y ordenó a la Municipalidad, en un plazo de diez días, hacer cumplir el permiso y la Ordenanza N°45 al vendedor ambulante instalado frente a su local.

Un comerciante establecido en la Avenida Uruguay de Valparaíso llevó a la justicia a la Municipalidad, acusándola de no fiscalizar a un vendedor ambulante que ofrecía los mismos productos justo frente a su local.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, pese a sus reclamos desde febrero de 2025, nunca obtuvo respuesta.

El vendedor callejero contaba con un permiso municipal, pero ejercía en un lugar distinto al autorizado y en el mismo rubro del afectado, lo que desde junio de este año está expresamente prohibido por la Ordenanza N°45.

La Municipalidad defendió su actuación, indicando que el permiso otorgado seguía vigente y que ya estaba en curso un proceso de reubicación.

[Te puede interesar] Padre debía $4 millones en pensión: Tribunal autorizó a madre a salir del país con su hijo sin consentimiento paterno

Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Valparaíso concluyó que ese plazo ya había vencido y que la omisión del municipio afectaba el derecho de propiedad del comerciante formal.

El tribunal recordó que, de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades, el uso de bienes nacionales de uso público debe ser fiscalizado, y los permisos son esencialmente precarios, por lo que podían modificarse o dejarse sin efecto.

En este caso, señaló que la autoridad edilicia tenía la obligación de actuar antes de la entrada en vigencia de la nueva normativa.

[Te puede interesar] Clínica pidió firmar pagaré antes de atender a paciente de 66 años con cáncer y riesgo vital: Suprema confirma multa $48 millones

Finalmente, la Corte ordenó que, en un plazo de diez días hábiles, la Municipalidad adopte todas las medidas necesarias para que el vendedor ambulante cumpla con las condiciones de su permiso y se ajuste a la Ordenanza N°45, que impide a los comerciantes informales instalarse en la misma cuadra de un negocio con igual giro.

El fallo se dictó sin condenar en costas al municipio.

[Te puede interesar] Trabajador denunció a Caja los Andes por pedir a su empleador descontar $103 mil mensuales por deuda: Corte ordena devolver montos