
Fue a juicio por vendedor ambulante que comercializaba lo mismo que él y frente a su local: Corte ordena a Municipalidad reubicarlo
Un comerciante establecido en la Avenida Uruguay de Valparaíso llevó a la justicia a la Municipalidad, acusándola de no fiscalizar a un vendedor ambulante que ofrecía los mismos productos justo frente a su local.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, pese a sus reclamos desde febrero de 2025, nunca obtuvo respuesta.
El vendedor callejero contaba con un permiso municipal, pero ejercía en un lugar distinto al autorizado y en el mismo rubro del afectado, lo que desde junio de este año está expresamente prohibido por la Ordenanza N°45.
La Municipalidad defendió su actuación, indicando que el permiso otorgado seguía vigente y que ya estaba en curso un proceso de reubicación.
Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Valparaíso concluyó que ese plazo ya había vencido y que la omisión del municipio afectaba el derecho de propiedad del comerciante formal.
El tribunal recordó que, de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades, el uso de bienes nacionales de uso público debe ser fiscalizado, y los permisos son esencialmente precarios, por lo que podían modificarse o dejarse sin efecto.
En este caso, señaló que la autoridad edilicia tenía la obligación de actuar antes de la entrada en vigencia de la nueva normativa.
Finalmente, la Corte ordenó que, en un plazo de diez días hábiles, la Municipalidad adopte todas las medidas necesarias para que el vendedor ambulante cumpla con las condiciones de su permiso y se ajuste a la Ordenanza N°45, que impide a los comerciantes informales instalarse en la misma cuadra de un negocio con igual giro.
El fallo se dictó sin condenar en costas al municipio.