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Golpe para Daniel Jadue: Tricel lo excluye del padrón electoral y ya no podrá ser candidato a diputado
Foto: Agencia Uno

Golpe para Daniel Jadue: Tricel lo excluye del padrón electoral y ya no podrá ser candidato a diputado

Por: Nicole Donoso | 12.09.2025
El Tribunal Calificador de Elecciones acogió una reclamación presentada por RN y determinó suspender el derecho a sufragio del exalcalde de Recoleta, por lo que queda imposibilitado de seguir como candidato al Congreso.

Este viernes, el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) resolvió excluir al exalcalde de Recoleta, Daniel Jadue, del padrón electoral, luego de acoger una reclamación interpuesta por Marcelo Brunet, representante legal de Renovación Nacional (RN).

La decisión se basa en que el actual candidato a diputado está formalmente acusado por el Ministerio Público por una serie de delitos que, de ser condenado, podrían implicar penas privativas de libertad.

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Según lo señalado por el Tricel, la medida se fundamenta en el artículo 16, N.º 2 de la Constitución, que establece la suspensión del derecho a sufragio para quienes estén acusados formalmente por delitos que contemplen penas aflictivas.

En el caso de Jadue, el exalcalde podría arriesgar hasta 18 años de cárcel por una serie de delitos que se le imputan en el marco del caso Farmacias Populares: fraude al Fisco, estafa, cohecho y delito concursal.

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“La acusación formal del Ministerio Público constituye el hito legal suficiente para activar esta suspensión, sin que sea necesario esperar una resolución posterior como el auto de apertura del juicio oral”, argumentó la instancia.

Respecto a su candidatura al Congreso por el Distrito 9, el fallo explica:

“Que, por último, corresponde destacar que la presente reclamación dice relación con la impugnación del Padrón Electoral Auditado y razona, por tanto, en torno al derecho a sufragio de don Óscar Daniel Jadue Jadue, siendo las materias relativas a la aceptación de su candidatura a Diputado, si bien vinculadas, propias de otra acción que se resolverá separadamente“, indica el texto del fallo.

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