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Adquirió departamento con subsidio y ahora deberá pagar $69 millones: Serviu ganó juicio tras comprobar que no vivía en él
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Adquirió departamento con subsidio y ahora deberá pagar $69 millones: Serviu ganó juicio tras comprobar que no vivía en él

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 22.08.2025
La Corte Suprema confirmó el cobro de subsidio habitacional en Arica por 1.805 UF (más de $69 millones), tras constatar que la beneficiaria no vivía en el inmueble. El fallo dejó firme lo resuelto por tribunales de primera y segunda instancia, ordenando seguir con la ejecución.

Una familia de Arica recibió en 2022 un subsidio habitacional para comprar un departamento en el conjunto Portada del Sol.

Sin embargo y según se puede apreciar en el fallo judicial, el beneficio implicaba una condición clara: habitar la vivienda durante al menos cinco años.

En 2024, funcionarios del Serviu realizaron tres fiscalizaciones al inmueble y constataron que la propietaria no se encontraba en ninguna de ellas.

Esto activó un juicio ejecutivo especial para el cobro del subsidio, cuyo monto ascendía a 1.805,61 UF, equivalente a más de 69 millones de pesos.

La defensa de la dueña del departamento alegó que, en una de las visitas de control, había presentado descargos con documentos que justificaban su ausencia y que el propio Serviu los habría aceptado mediante un oficio.

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Con esos antecedentes, pidió que se anulara una de las actas de fiscalización y que el título ejecutivo carecía de validez.

El Segundo Juzgado de Letras de Arica rechazó la excepción presentada, al considerar que las actas de fiscalización son actos administrativos con presunción de legalidad, y que no había prueba suficiente para desvirtuar lo certificado por los ministros de fe.

El juez Gonzalo Roberto Quiroz Espinoza resolvió seguir adelante con la ejecución hasta el pago total de la deuda.

La Corte de Apelaciones de Arica confirmó esa sentencia, precisando que el ordinario citado por la demandada no constituía una aceptación de las excusas, sino solo una constancia de que se habían presentado descargos.

Por ello, validó el título ejecutivo y mantuvo la obligación de restituir el subsidio.

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Finalmente, la Primera Sala de la Corte Suprema, integrada por Arturo Prado, María Angélica Repetto, Mario Carroza, María Soledad Melo y el abogado Raúl Fuentes, rechazó el recurso de casación interpuesto.

El fallo destacó que los jueces de fondo ya habían fijado los hechos y que la recurrente pretendía cambiar esa valoración probatoria, algo que no corresponde en sede de casación.

“Siendo necesario para el éxito de la pretensión de la parte recurrente modificar los hechos fijados por los jueces de la instancia (…) indefectible es que el arbitrio de nulidad de fondo deba ser descartado por adolecer de manifiesta falta de fundamento”, señaló la sentencia .

Con ello, quedó firme la orden de ejecutar el cobro del subsidio habitacional y seguir adelante con la adjudicación de la propiedad a favor del Serviu, al considerarse incumplida la obligación de habitar la vivienda subsidiada.

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