
Estudiante consiguió en juicio poder titularse pese a deuda de $31 millones: Le habían exigido repactarla para iniciar trámite
La historia comenzó en junio de 2025, cuando una egresada de la carrera de Nutrición y Dietética de la Universidad de Magallanes consultó a la Tesorería de la institución sobre los pasos para iniciar su proceso de titulación.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, su sorpresa llegó el 23 de ese mes, cuando recibió una respuesta por correo electrónico en la que se le indicaban “los pasos a seguir para la obtención de título con deuda” y se le adjuntaba una simulación de repactación de aranceles.
El documento señalaba un monto total de $31.463.700, con la exigencia de un pago inicial de $3.146.370 en efectivo para acceder a un convenio de repactación.
La estudiante, madre de dos hijas y dedicada al cuidado de su hogar, alegó que esa condición le impedía obtener su licenciatura, a pesar de haber cumplido todos los requisitos académicos de la carrera, que cursó entre 2015 y 2024.
Explicó que sin el título no podía postular a empleos, ya que en las entrevistas laborales le exigían acreditar formalmente su grado universitario.
Ante la negativa de la universidad, presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.
Argumentó que condicionar la titulación al pago de deudas era arbitrario e ilegal, porque afectaba su derecho a la igualdad ante la ley, a la educación y al derecho de propiedad.
La universidad, en su defensa, reconoció que existía la deuda y que el monto estaba respaldado en dos pagarés, pero sostuvo que nunca había rechazado formalmente la solicitud de titulación, ya que la alumna no había abierto expediente de título conforme a la normativa interna.
Añadió que las repactaciones eran una herramienta para evitar iniciar acciones judiciales de cobro.
El tribunal descartó los argumentos de la institución y concluyó que el acto fue arbitrario. Citó la Ley General de Educación y la Ley N° 21.707, publicada en noviembre de 2024, que prohíbe expresamente condicionar la rendición de exámenes de grado o la entrega de títulos al pago de deudas por aranceles.
La Corte enfatizó que “el derecho a la educación considera la etapa de titulación universitaria” y que las universidades tienen otras vías legales para cobrar las deudas.
En consecuencia, la Corte de Punta Arenas acogió el recurso y ordenó a la Universidad de Magallanes tramitar la licenciatura de la egresada en Nutrición y Dietética, sin poder exigir el pago, garantía o repactación de la deuda como condición.