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La historia del vecino de Los Ángeles que quedó sin agua potable por decisión municipal y logró que la Suprema ordenara restitución
Agencia Uno

La historia del vecino de Los Ángeles que quedó sin agua potable por decisión municipal y logró que la Suprema ordenara restitución

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 19.08.2025
La Corte Suprema ordenó a la Municipalidad de Los Ángeles y a la Delegación Presidencial del Biobío reincorporar a un vecino al suministro de agua potable y gestionar su ingreso a un programa para descontaminar su pozo, tras constatar vulneración de derechos fundamentales.

En diciembre de 2024, un vecino de Los Ángeles recibió una notificación de la municipalidad: el reparto de agua potable a su domicilio sería suspendido.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, pese a los reclamos posteriores, en abril de 2025 el servicio fue cortado definitivamente.

El problema era aún más grave porque el pozo de su vivienda ya había sido evaluado como no apto para el consumo humano, lo que dejó a su familia dependiendo de una fuente contaminada para abastecerse de agua.

El afectado, que vive junto a su familia en un sector rural, interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Concepción.

En su escrito explicó que la decisión era ilegal y arbitraria, pues vulneraba derechos fundamentales como la vida, la salud y la integridad física y psíquica, garantizados en la Constitución.

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Solicitó además ser reincorporado al Programa de Inaccesibilidad de Agua Potable, del cual había sido excluido.

La Municipalidad de Los Ángeles pidió rechazar la acción, alegando que esta había sido presentada fuera de plazo y que la suspensión obedecía a la Circular N°7 de la Subsecretaría del Interior, siendo la Delegación Presidencial del Biobío la responsable del programa de emergencia hídrica.

Sin embargo, la Corte de Concepción determinó que la acción se interpuso dentro del plazo, ya que el afectado recién tuvo certeza de la negativa cuando recibió respuesta a sus reclamos en mayo de 2025.

Además, estableció que el municipio sí tenía responsabilidad por notificar y excluir al recurrente del programa.

El tribunal de alzada resolvió que la suspensión del suministro afectaba directamente los derechos del afectado y su familia.

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“Resulta incuestionable que la suspensión del suministro de agua potable afecta gravemente el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica del recurrente y su familia, así como el derecho a la protección de la salud”, se lee en el fallo.

La Corte Suprema confirmó esta decisión, pero introdujo una precisión: el problema no era la inaccesibilidad al recurso, sino la contaminación del agua de su pozo.

Por ello, ordenó a la Municipalidad de Los Ángeles y a la Delegación Presidencial del Biobío realizar las gestiones necesarias para incorporar al recurrente a un programa que permita descontaminar su fuente de agua. El fallo destacó que esta medida busca garantizar una solución definitiva y estable.

“Se hace indispensable que las autoridades pertinentes efectúen las gestiones necesarias para ingresar al recurrente a un programa destinado a superar esta grave contingencia que mantiene su fuente de agua domiciliaria en condiciones no aptas para el consumo humano”, señaló el máximo tribunal.

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