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Lactancia materna frente a la trampa comercial
Foto: Agencia Uno

Lactancia materna frente a la trampa comercial

Por: Emilia Reyes Rodríguez | 14.08.2025
La Ley 20.869 representa un avance significativo en la protección de la lactancia, pero no basta con su existencia. Debe cumplirse rigurosamente y complementarse con políticas públicas que impulsen una cultura sanitaria capaz de reconocer que cada gota de leche materna es un acto de amor, salud y vínculo que merece ser protegido.

La lactancia materna genera beneficios comprobados en múltiples dimensiones. En el ámbito de la salud, reduce la incidencia de enfermedades agudas y crónicas, fortalece el sistema inmune y favorece el desarrollo neurológico y cognitivo. En lo emocional, potencia el vínculo afectivo y la seguridad en la primera infancia.

Su alcance se extiende también a la esfera social y económica, al disminuir los costos en salud y promover prácticas de crianza más equitativas, además de aportar a la sostenibilidad ambiental al reducir la generación de residuos y la huella de carbono asociada a la producción de sucedáneos.

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En el marco del Mes de la Lactancia Materna, y a propósito de la indicación de algunos profesionales de una marca específica de fórmula y no de manera genérica (esta práctica infringe la normativa vigente), resulta pertinente poner en valor la Ley 20.869. Esta regula la publicidad de alimentos y prohíbe la promoción de fórmulas de inicio y continuación hasta los 12 meses de edad.

Al estar alineada con el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna, la normativa busca limitar la influencia del mercado en decisiones que deben adoptarse de manera libre e informada.

De esta forma, protege la lactancia como un derecho y resguarda a las familias frente a mensajes comerciales que, bajo la apariencia de recomendaciones técnicas, pueden minar la autoconfianza de las mujeres en su capacidad de amamantar.

La regulación no solo previene prácticas de marketing engañosas, sino que establece un marco de protección sanitaria que reconoce la vulnerabilidad del periodo perinatal frente a intereses comerciales.

Las decisiones sobre alimentación infantil deben basarse en la mejor evidencia científica disponible y no en la presión de campañas publicitarias que presentan a los sucedáneos como primera opción.

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Garantizarlo requiere asegurar que todas las mujeres que deseen amamantar cuenten con apoyo oportuno y continuo desde el primer momento, evitando cualquier forma de juicio hacia quienes no lo hicieron.

Para lograrlo, es indispensable saldar una deuda estructural como sociedad: invertir en la formación y actualización permanente del personal de salud que atiende gestantes, puérperas y a la diada madre-hijo/a durante la primera infancia. No es aceptable que se indiquen fórmulas por mera rutina, desconocimiento, falta de tiempo para acompañar o ausencia de capacitación actualizada en lactancia.

Acompañar la lactancia, cuando así lo decide la madre, es un acto de respeto y reparación. Supone contener, informar, sostener y fortalecer, lo que exige compromiso institucional, voluntad política y un sistema de salud que garantice seguimiento especializado.

La Ley 20.869 representa un avance significativo en la protección de la lactancia, pero no basta con su existencia. Debe cumplirse rigurosamente y complementarse con políticas públicas que impulsen una cultura sanitaria capaz de reconocer que cada gota de leche materna es un acto de amor, salud y vínculo que merece ser protegido.

Alcanzar este estándar supone comprender que la lactancia no es solo una elección personal, sino un bien social cuya defensa y promoción constituyen una responsabilidad colectiva.

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