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Pasajeros lesionados en accidente de bus defienden en la Suprema su indemnización: Cruz del Sur no logró rebajarla a $500 mil
Foto: Recorrido.cl

Pasajeros lesionados en accidente de bus defienden en la Suprema su indemnización: Cruz del Sur no logró rebajarla a $500 mil

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 13.08.2025
La Corte Suprema confirmó que Cruz del Sur deberá pagar $52 millones por daño moral a pasajeros lesionados en un accidente en Chonchi en 2017, tras rechazar un recurso de casación mal formulado. La empresa también asumirá costas en primera y segunda instancia.

En octubre de 2017, un viaje por el sur de Chile terminó en un accidente que provocó lesiones a varios pasajeros y dio inicio a un litigio judicial que se extendió por más de siete años.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el siniestro ocurrió a la altura del kilómetro 1.200 de la Ruta 5 Sur, en la comuna de Chonchi, cuando un bus de la empresa Transportes Cruz del Sur Limitada sufrió un incidente que dejó a sus ocupantes con lesiones de distinta gravedad.

Entre las personas afectadas había hombres, mujeres y menores de edad. Según los antecedentes judiciales, algunas lesiones fueron calificadas como leves, otras como menos graves, y en ciertos casos se alegó la falta de acreditación del tiempo de recuperación.

Sin embargo, el impacto emocional y físico llevó a las víctimas a presentar una demanda de indemnización por responsabilidad extracontractual contra la empresa.

La acción apuntaba a que Cruz del Sur, como propietaria y tenedora del vehículo, respondiera civilmente por los daños sufridos, invocando la responsabilidad solidaria que establece la Ley de Tránsito entre el conductor, el propietario y el tenedor de un vehículo por los perjuicios ocasionados con su uso.

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Primera instancia: condena a pagar $52 millones por daño moral

El caso fue tramitado en el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt. Tras el desarrollo del juicio, el tribunal dictó sentencia el 13 de noviembre de 2023, rechazando las defensas presentadas por la empresa, que incluían las excepciones de cosa juzgada y falta de legitimación activa.

La jueza acogió parcialmente la demanda y ordenó a la empresa pagar un total de $52.000.000 por concepto de daño moral, distribuidos entre los demandantes según los montos fijados en la resolución.

En cambio, desestimó la indemnización solicitada por lucro cesante, al considerar que no había prueba suficiente para acreditar una pérdida económica directa derivada del accidente.

Además, el tribunal impuso las costas del juicio a la empresa, concluyendo que la responsabilidad civil estaba debidamente acreditada en los hechos y en la normativa aplicable.

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Apelación: intento fallido de reducir las indemnizaciones

Inconforme con el fallo, la defensa de Cruz del Sur presentó un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.

En su argumentación, la empresa cuestionó la prueba presentada para justificar las indemnizaciones por daño moral, calificándola de insuficiente, y sostuvo que los montos otorgados eran desproporcionados.

Pidió que se confirmara la sentencia de primera instancia, pero reduciendo las indemnizaciones a $500.000 para cada uno de los demandantes.

También planteó que, en algunos casos, no existía prueba de que ciertos demandantes se encontraran en el lugar del accidente.

El 6 de mayo de 2025, la Corte de Apelaciones desestimó estos argumentos y confirmó íntegramente el fallo de primera instancia, ratificando tanto el monto total de $52 millones como la condena en costas.

El tribunal señaló que la resolución estaba ajustada a derecho y que la empresa no tuvo motivos plausibles para litigar en esta instancia, razón por la cual impuso también las costas de la apelación.

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La Corte Suprema: error de formulación en el recurso de casación

Agotada la vía de apelación, la empresa acudió a la Corte Suprema con un recurso de casación en el fondo.

El escrito, presentado por el abogado Juan Herrera Oyarzún, reiteró que las lesiones eran en su mayoría leves o menos graves, que no se acreditó el tiempo de recuperación de 14 demandantes y que no existía prueba suficiente de la presencia de algunas personas en el lugar del accidente.

Sin embargo, el 6 de agosto de 2025, la Primera Sala del máximo tribunal —integrada por Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, María Angélica Cecilia Repetto, Mario Carroza Espinosa y María Soledad Melo Labra— rechazó el recurso de forma unánime.

El fallo subrayó que el recurso no cumplió con un requisito básico del artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil: precisar en qué consistían los errores de derecho.

Además, la defensa omitió acusar infracción al artículo 169 de la Ley de Tránsito, disposición que establece la responsabilidad solidaria entre el conductor, el propietario y el tenedor del vehículo, y que fue fundamental en las decisiones previas.

“Al no venir acusado (…) el quebrantamiento de la preceptiva sustantiva básica (…) que ha tenido influencia sustancial en lo resolutivo de la sentencia cuya anulación se persigue, el presente recurso será denegado”, señaló la resolución.

La Corte Suprema también recordó que la fijación del monto por daño moral es una facultad exclusiva de los jueces de instancia, que se agota en esa etapa y no puede ser revisada en casación.

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Un cierre tras más de siete años de litigio

Con este pronunciamiento, el caso quedó cerrado. Cruz del Sur deberá pagar los $52 millones fijados en la sentencia de 2023, más las costas de primera y segunda instancia.

La resolución marca el fin de un proceso iniciado tras un accidente que no solo causó lesiones físicas, sino que también generó un largo desgaste judicial para las víctimas.

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