
Paciente con alto riesgo vital fue dado de alta de forma infundada y fue a la justicia: Corte ordena mantener hospitalización
Un paciente ingresó el 17 de febrero de 2025 a la Clínica Andes Salud por una obstrucción intestinal grave, que derivó en múltiples cirugías y complicaciones severas, como infecciones por bacterias resistentes, abdomen abierto y riesgo permanente de shock séptico.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, requirió manejo en unidades críticas, nutrición parenteral y curaciones quirúrgicas frecuentes, sin que se lograra su estabilización.
Pese a ello, el centro médico dispuso un alta domiciliaria que no fue firmada por el médico tratante ni acompañada de un informe fundado, sino registrada mediante anotaciones administrativas sin criterios clínicos.
Según la Corte de Apelaciones de Concepción, esta decisión ignoró las normas de la Ley N°20.584 sobre derechos de los pacientes, que exigen garantizar la seguridad, continuidad de tratamiento y entrega de un alta médica debidamente justificada.
En un fallo unánime, la Primera Sala —integrada por el ministro Camilo Álvarez Órdenes y las ministras Carola Rivas Vargas y Antonella Farfarello Galletti— concluyó que el alta anticipada, en las condiciones descritas, exponía al paciente a un riesgo vital inminente, con posibilidad de hemorragias o sepsis de desenlace fatal sin atención inmediata.
El tribunal calificó la medida como ilegal y arbitraria, motivada por razones administrativas por sobre criterios médicos.
El fallo también reconoció que la situación provocó angustia y temor al paciente, afectando su integridad emocional.
Por unanimidad, se ordenó a la clínica mantener la hospitalización y asegurar el tratamiento intensivo hasta que exista un alta fundada emitida por el equipo o médico tratante, bajo criterios clínicos y no administrativos.