
La echaron por decirle a colega "gorda y negra" a través de WhatsApp y en el trabajo: Suprema confirmó por ser acoso laboral
Una discusión en el pasillo y un mensaje por WhatsApp bastaron para que se iniciara un sumario administrativo que terminó con la destitución de una funcionaria del CESFAM Santa Teresa de los Andes, en la comuna de San Joaquín.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el hecho ocurrió el 23 de julio de 2024, luego de que su hijo acudiera al SAPU por una dolencia médica y, según la madre, la funcionaria que lo atendió lo llamó “gordo”, lo que lo habría dejado afectado.
Minutos después, la madre, quien trabajaba como técnico en odontología en el mismo centro, enfrentó a su colega y le reprochó directamente: “Yo sé como mamá cómo se siente mi hijo (...). Yo nunca te he dicho algo a ti, que eres guatona, que eres negra”.
Más tarde, a las 19:03 horas, le envió un mensaje por WhatsApp con duras críticas a su aspecto físico y desempeño profesional, escribiéndole: “Mírate en el espejo porque nunca te he dicho que pareces aceituna. Eres guatona y negra. Desubicada y poco profesional”.
La Corporación Municipal de Desarrollo Social de San Joaquín calificó estos hechos como constitutivos de acoso laboral y, tras el sumario respectivo, impuso la sanción de destitución.
La sanción fue ratificada por la propia entidad tras rechazar la reposición administrativa presentada por la afectada, quien luego recurrió a la justicia solicitando ser reintegrada.
En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de protección interpuesto por la exfuncionaria.
El tribunal, integrado por los ministros Danilo Quezada, Celia Catalán y el abogado integrante Juan Carlos Silva, concluyó que el sumario fue realizado respetando el debido proceso y que la destitución era la única sanción procedente en este tipo de casos, según lo establece la Ley 18.883.
La sentencia también descartó que existiera desproporción, argumentando que, de acuerdo con la “Ley Karin”, ya no se requiere que las conductas de acoso sean reiteradas.
Además, explicó que las demás funcionarias involucradas en el incidente recibieron sanciones distintas debido a la naturaleza diferente de sus faltas.
La Tercera Sala de la Corte Suprema –integrada por los ministros Jean Pierre Matus, Hernán Crisosto, María Carolina Catepillán y los abogados integrantes Carlos Urquieta y José Miguel Valdivia– confirmó íntegramente la decisión de la Corte de San Miguel, dejando firme la destitución.